Aprueban nueva Ley de Reconstrucción; otorgan amplias facultades a Comisión para decidir sobre reedificación

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Ciudad de México.-Tan sólo 15 días después de que se presentó la iniciativa, el Pleno del Congreso capitalino aprobó hoy de manera unánime y sin discusión el decreto por el que se crea la nueva Ley para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, y se abroga la actual Ley para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad en una Cada Vez Más Resiliente que dejó la extinta ALDF. 

Esta es una ley que la nueva Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, definió en su momento como una de sus prioridades, necesaria para poder generar su Plan Integral de Reconstrucción. Hoy se aprobó con el voto de 62 legisladores de todos los partidos.

La nueva ley, de tan sólo 41 artículos y  11 transitorios -contrario a los 125 que tiene la actual ley-, otorga facultades amplias a la Comisión para la Reconstrucción encabezada por César Cravioto  para atender y resolver temas relacionados con la reedificación, incluso por encima de la misma ley.

Muestra de lo anterior es el artículo 40 de esta nueva normatividad, en donde se establece que la Comisión para la Reconstrucción contará con las facultades más amplias para resolver cualquier cuestión relacionada con la reedificación, que no se encuentre previsto en ésta ley, con la finalidad de no retrasar la reconstrucción.

Esa Comisión tendrá también la decisión final para dar el visto bueno o no en la entrega de apoyos a viviendas unifamiliares, según se establece en el artículo 23.

El artículo 29 señala además que la Comisión para la Reconstrucción contará con facultades para aplicar y gestionar la obtención de recursos o fuentes de financiamientos públicos y privados, a través de diversos mecanismos, tales como Fideicomisos, Fondos de Reconstrucción, Convenios, Acuerdos o donativos nacionales o internacionales, que contribuyan a mejorar la calidad y la cobertura de las acciones de reconstrucción.

Además, el artículo 4 establece que la Comisión será la encargada de coordinar, evaluar y dar seguimiento al Plan Integral de Reconstrucción, así como las tareas y acciones específicas de reconstrucción, de la Ciudad conforme a los lineamientos que para tal efecto publique la Jefa de Gobierno.

Ayer, luego de su toma de su toma de protesta y al encabezar un acto político en el Teatro de la Ciudad, Claudia Sheinbaum reveló que su equipo ha trabajado con el Congreso local en la modificación a la Ley de Reconstrucción.

También detalló que el 7 de diciembre anunciará la emisión de los nuevos lineamientos que disminuyan trámites y faciliten la reconstrucción de viviendas, mientras que el 16 de diciembre presentará los resultados del censo social y técnico que se llevó a cabo desde el pasado mes de octubre y que dará pauta a la creación del Programa de Reconstrucción de este gobierno.

De acuerdo con el artículo 12 del nuevo decreto, el Censo Social y Técnico guiará las acciones de reconstrucción y permitirá elaborar el Plan Integral de Reconstrucción de la Ciudad de México.

El Plan Integral de Reconstrucción será el instrumento rector para el proceso de reconstrucción. Será diseñado y ejecutado por el Gobierno de la Ciudad; podrá ser actualizado o modificado por la Comisión, de acuerdo a la evaluación de las acciones ejecutadas. Antes de su publicación deberá ser consultado a la población afectada y a los vecinos de las zonas afectadas, a los expertos y a la sociedad civil.

De acuerdo con la nueva ley, en el artículo 6 se contempla la creación de un Comité de Grietas, el cual tendrá como función principal realizar estudios prioritarios, sugerir medidas de mitigación y de integración urbana, para guiar la toma de decisiones en materia de reconstrucción y reubicación para el caso de zonas de alto riesgo, cuando la vida de las personas se encuentre en riesgo.

Según el artículo 7, la Comisión de Reconstrucción instalará una Mesa Legal permanente, para resolver de manera conjunta los casos de incertidumbre jurídica sobre la propiedad y legítima posesión de los inmuebles afectados por el sismo.

Esa Mesa Legal incluso será itinerante, pues se instalarán módulos jurídicos en las mismas colonias donde hubo afectaciones por el sismo, de manera que los damnificados no tengan que viajar hasta el centro de la Ciudad.

El artículo 20 contempla que el Gobierno de la Ciudad de México creará el Programa de Asistencia a deudos de víctimas mortales del Sismo, cuyo objeto es el otorgamiento de medidas de ayuda, asistencia y atención para las personas que sufrieron la pérdida de algún familiar a través de un fondo de apoyo para dar a atención psicológica, médica y asistencial a todos aquellos que lo requieran.

Algo que ayer enfatizó Claudia Sheinbaum y que es parte del artículo 21 de esta nueva ley, es que se garantizará el apoyo en renta para las personas damnificadas desplazadas, hasta que recuperen su vivienda, tomando en consideración el resultado del Censo Social y Técnico y los apoyos que anteriormente hayan recibido por el mismo inmueble, en concordancia con el mecanismo que al efecto se establezca en el plan integral para la reconstrucción.

El artículo 23 contempla un modelo de atención para rehabilitar, demoler y reconstruir vivienda unifamiliar, con base en cuatro etapas. La primera contempla que la persona damnificada debe estar registrada en el Censo Social y Técnico; luego debe contar con una constancia de acreditación del daño por parte del Instituto; después debe acreditar la propiedad o legítima posesión a través de la Mesa Legal y; finalmente la Comisión interviene para valorar y, en su caso, aprobar el apoyo.

En el artículo 26 se abren opciones de reedificación que no necesariamente involucran recursos públicos. Ahí se abre la puerta a la polémica redensificación, pues se establece que la Comisión para la Reconstrucción otorgará o gestionará a propietarios de los inmuebles afectados un incremento de hasta 35 por ciento respecto de la zonificación prevista en los usos de suelo, con el propósito de que los Damnificados cuenten con una alternativa económica para la reconstrucción del inmueble afectado pudiendo incluir inversión pública.

También se precisa que la Comisión otorgará o gestionará la redensificación necesaria redistribuyendo la misma superficie de edificación preexistente. En este caso los Damnificados cederán un porcentaje de la superficie edificable que les corresponde con el fin de construir viviendas adicionales.

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