Por fin, Congreso local aprueba reforma sobre violencia de género, pero aplicaría hasta el 2024

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Ciudad de México.-Por unanimidad, el Congreso capitalino aprobó esta tarde una reforma al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales y a la Ley Procesal Electoral en materia de violencia política de género, respecto a la cual no hay certeza sobre su aplicación en el corto plazo.

De acuerdo con la misma ley electoral, ya no se pueden modificar la normatividad en la materia y, en todo caso, las reformas que se aprueben entrarán en vigor hasta el año 2024.

Durante la primera semana de septiembre de este 2020 inicia el año electoral. La ley impide que 90 días antes se reforme la legislación en la materia, por lo que el decreto aprobado hoy no podrá entrar en vigor para los comicios del 2021.

El Congreso local tuvo la oportunidad de aprobar esa reforma dentro del plazo legal que hubiera permitido su aplicación para las próximas elecciones, pero a finales de mayo legisladores de todos los partidos -incluida la mayoría de Morena-, hicieron vacío en la comisiones dictaminadoras.

Hoy que el Pleno del Congreso local aprobó la reforma, trascendió que un grupo de legisladores de Morena tienen lista una Acción de Omisión Legislativa que presentarían ante la Sala Constitucional del Poder Judicial capitalino para denunciar aquel vacío de mayo en la reunión de comisiones y así buscar un resquicio jurídico que permita la aplicación de la reforma en el próximo periodo electoral. 

El problema es que por la emergencia sanitaria, los procesos judiciales e incluso las instalaciones del Poder Judicial están cerradas, lo que ha impedido la presentación de esa Acción.

Por la mañana y en conferencia, la diputada Donají Olivera, reconoció que el Instituto Electoral de la CDMX calificó como inviable la posibilidad de posponer el inicio del año electoral para que así fuera aplicable esta reforma.

Los cambios al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales y a la Ley Procesal Electoral buscan fortalecer la paridad de género y así se especifica el concepto de violencia política contra las mujeres en razón de género.

En la norma se establezca que los partidos políticos determinarán y harán públicos los criterios para garantizar la paridad de género en las candidaturas; se incluirán siete fórmulas de personas jóvenes –de 17 a 35 años de edad-, en los casos de candidaturas por el principio de Mayoría Relativa, y cuatro fórmulas de personas jóvenes, por el principio de Representación Proporcional.

Al dictamen se agregó un artículo séptimo transitorio, para resaltar que con el propósito de garantizar el principio de paridad de género en la postulación de las candidaturas a cargos de elección popular en el siguiente proceso electoral, el Instituto Electoral local aplicará los lineamientos utilizados en el proceso anterior -2017-2018-, en virtud de que la Constitución Política de la Ciudad de México es un ordenamiento de avanzada para garantizar la paridad tanto en el Congreso capitalino como en las alcaldías.

El derecho de igualdad política entre mujeres y hombres se garantiza con la integración cualitativa y cuantitativa de 50 por ciento mujeres y 50 por ciento hombres en candidaturas a cargos de elección popular, y en nombramientos de cargos por designación, en forma horizontal y vertical.

Además, se especifican los conceptos de violencia política de género, que son las acciones, conductas, y omisiones que violentan, transgreden normas electorales o derechos político electorales de la ciudadanía en procesos democráticos, electorales, de participación ciudadana o fuera de ellos.

También en la norma se especifica lo concerniente a la violencia política contra las mujeres en razón de género, que es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres.

Se entenderá que las acciones u omisiones se basan en elementos de género, cuando se dirijan a una mujer por ser mujer; le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella, señala el dictamen.

Dentro de las reformas aprobadas durante la sesión virtual extraordinaria de este viernes, se establece que las autoridades locales realizarán sus funciones con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos; se deberá garantizar el principio de paridad de género en el gabinete del Ejecutivo local.

También se integran las definiciones de paridad de género, paridad de género horizontal, violencia política, violencia política de género, violencia política contra las mujeres en razón de género, principio democrático, principio de igualdad y no discriminación; sanciones a las conductas de violencia política contra las mujeres en razón de género.

Asimismo, se establecen obligaciones a los partidos políticos en materia de paridad; la obligación de las instituciones de generar mecanismos para prevenir, atender y sancionar la violencia política; así como la nulidad de las elecciones o de los procesos de participación ciudadana cuando se acredite la existencia de violencia política, por mencionar algunas.

Dentro de las reformas aprobadas, se establece que las autoridades locales realizarán sus funciones con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos; se deberá garantizar el principio de paridad de género en el gabinete del Ejecutivo local.

También se integran las definiciones de paridad de género, paridad de género horizontal, violencia política, violencia política de género, violencia política contra las mujeres en razón de género, principio democrático, principio de igualdad y no discriminación; sanciones a las conductas de violencia política contra las mujeres en razón de género.

Asimismo, se establecen obligaciones a los partidos políticos en materia de paridad; la obligación de las instituciones de generar mecanismos para prevenir, atender y sancionar la violencia política; así como la nulidad de las elecciones o de los procesos de participación ciudadana cuando se acredite la existencia de violencia política, por mencionar algunas.

Al presentar el dictamen, la diputada Paula Soto Maldonado, a nombre de las comisiones unidas de Igualdad de Género y de Asuntos Político Electorales, detalló que para que la participación política pueda darse en igualdad de condiciones se requiere de la remoción de muchos obstáculos. 

Por ello, expuso que tanto en las reformas federales como en la armonización a nivel local, se establece el principio de paridad y la sanción a las conductas de violencia política contra las mujeres en razón de género.

 

 

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