Define Corte método para la integración del Consejo de la Judicatura capitalino

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó y definió cómo se integrará el Consejo de la Judicatura local.

Al continuar con el estudio de las impugnaciones a diversas disposiciones de la Constitución Política de la Ciudad de México, bajo la ponencia del ministro Javier Laynez Potisek, se proponía la validez del Artículo 37, numeral 3, inciso A, que establece que un Consejo Judicial Ciudadano designe a las y los Consejeros de la Judicatura.

Siete ministros votaron por declarar inconstitucional que el Consejo Judicial Ciudadano designe a los integrantes del Consejo de la Judicatura local, pero al no haberse alcanzado la mayoría calificada de ocho votos el punto fue desestimado y dicho artículo conservó su vigencia.

Por la misma razón, también se mantendrá en vigor la prohibición de que el presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México encabece a la vez el Consejo de la Judicatura local.

En otro punto, el Pleno del alto tribunal declaró, por unanimidad, inconstitucional el Artículo 35, apartado E, numeral 2, que establecía que de los siete Consejeros de la Judicatura local sólo tres contaran con carrera judicial.

En su intervención, el ministro Luis María Aguilar consideró que no debe existir el Consejo Ciudadano, que además sólo tiene una finalidad temporal y no tiene una presencia completa en el ámbito orgánico y organizacional del Poder Judicial y, por lo tanto, “para mí puede incidir indebidamente en la independencia de los jueces”.

A su vez, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena dijo compartir el sentido del proyecto ya que “me parece que estamos en un ámbito de libre configuración de las entidades federativas, por lo que no veo una violación a la independencia”.

Por su parte el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo señaló que asignar al Consejo Judicial Ciudadano la atribución de nombrar a la totalidad de los Consejeros de la Judicatura es una invasión al ámbito de competencia del Poder Judicial de la Ciudad de México.

En su intervención, el ministro José Fernando Franco González Salas dijo que “creo que como está diseñado y constituido este órgano ciudadano no veo dónde radique la influencia o no que pueda tener sobre los miembros que, finalmente, sean nombrados para el Consejo de la Judicatura".

Agregó que la Constitución establece salvaguardas de cómo se va a constituir ese órgano, de tal manera que se establezcan requisitos que hacen presumir que serán primero siete abogados, que son la mayoría, y segundo personas que garantizan imparcialidad en el tema que desarrollen.

Sin embargo, dijo, este Consejo deberá integrarse mayoritariamente por miembros de carrera judicial, pues por unanimidad la SCJN invalidó el Artículo 35, apartado E, numeral 2, de la Constitución de la Ciudad de México.

En este artículo se disponía que de los siete integrantes del Consejo de la Judicatura local sólo tres serían de carrera judicial, lo que se consideró que no era una garantía de independencia judicial.

En la sesión del 4 de septiembre continuará la discusión de los siguientes temas de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la PGR y la CNDH en contra de diversas disposiciones de la Constitución local. (Notimex) 

 

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