Busca iniciativa permitir la portación de hasta 200 gramos de cannabis con licencia

Ciudad de México.- Una nueva iniciativa propuesta en el Senado de la República busca regular en consumo lúdico de la mariguana, reducir las sanciones penales vigentes de 25 a 10 años, así como descriminalizar la posesión y traslado de la planta por hasta 28 gramos sin sanciones penales (hasta ahora eran 5 gramos), aunque se podrían llevar hasta 200 gramos con una licencia especial.

“Los 28 gramos se estima que es una cantidad prudente suficiente para su portación, en el entendido de que, para traer cantidades mayores, deberá entenderse que el cannabis no es para consumo personal, por lo que, para esos fines, deberá tramitarse la licencia que corresponda. En aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis sin las autorizaciones será remitido a la autoridad administrativa y se le impondrá multa de 60 a 120 UMAS”, señala el proyecto de las comisiones de Justicia y Salud del Senado.

Se pretende privilegiar a las comunidades afectadas por el narcotráfico, mismas que tendrán prioridad en la entrega de licencias de portación, sin embargo, no se permitirá la siembra de más de una hectárea a suelo abierto y mil metros en suelo cubierto.

La iniciativa tampoco legaliza la producción de mariguana en el país, acción que sigue siendo delito y los campesinos que siembren, cultiven o cosechen plantas de mariguana por cuenta propia o financiamiento de terceros, además de que concurran escasa instrucción y extrema necesidad económica, se le impondrá prisión de seis a tres años (actualmente seis años).

Será el Estado el que intervenga en la regulación del mercado a través del Instituto Mexicano de la Cannabis, el cual quedará constituido a más tardar el primero de enero del 2021.

Se podrán además constituir asociaciones integradas desde dos hasta 20 miembros, quienes podrán solicitar licencias para sembrar, plantar, cultivar, cosechar, aprovechar, preparar, fumar y consumir cannabis; también, puesto que se especifica que el cannabis industrial no es un agente psicoactivo, se podrán tramitar permisos para el cultivo, transformación, comercialización, exportación o importación e investigación.

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