Por unanimidad y sin debate aprueban dictamen sobre corrupción inmobiliaria

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Por unanimidad y sin debate, diputados locales aprobaron hoy un dictamen de reforma al Código Penal de la Ciudad, para castigar con más severidad la corrupción inmobiliaria, al reconocerla como delito y establecer las sanciones a los servidores públicos que participen en ella.

Se trata de una iniciativa que el jefe de gobierno Martí Batres envió al Congreso local el pasado 10 de enero.

Hoy, en menos de cinco minutos, hasta los diputados del PAN votaron a favor de ese dictamen de reforma, al seno de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.

La comisión dictaminadora que preside el diputado morenista Octavio Rivero, hizo modificaciones solo de forma y redacción respecto a la iniciativa enviada por Batres.

Para cumplir con el reglamento del Legislativo se espera que el dictamen llegue al Pleno para su ratificación en la sesión del próximo jueves 14 de marzo, justo en medio de la contienda electoral.

Cuando Batres presentó esta iniciativa contra la corrupción inmobiliaria, lo hizo dos días después de que el propio Congreso capitalino rechazó la ratificación de Ernestina Godoy como fiscal de la Ciudad.

Por ello, la reforma del jefe de gobierno llevaba una abierta dedicatoria para los líderes y legisladores del PAN, quienes hoy votaron a favor de la propuesta y ni siquiera pidieron la palabra para razonar su voto.

LA INICIATIVA

La iniciativa de Batres adiciona el Capítulo XV y el Artículo 276 Quater al Código Penal de la Ciudad.

En esa propuesta se señala que comete el delito de corrupción inmobiliaria el servidor público que permita por acción, por omisión o tolere la construcción de inmuebles o la construcción de pisos adicionales sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley. 

La sanción por las conductas descritas será de 10 a 20 años de prisión, con independencia de otras sanciones que correspondan a otros tipos penales. 

Se agravarán en una mitad más las penas de prisión cuando se obtenga algún beneficio económico, ya sea en efectivo o en especie el propio servidor público, su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad o afinidad hasta en cuarto grado.

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