Ciudad de México.- La Asamblea Constituyente fue reconocida como parte demandada ahora en las cuatro acciones de inconstitucionalidad en contra de la Carta Magna capitalina que fue impugnada en más de un 70 por ciento de su contenido.
En días pasados la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó la petición de regularización presentada por Alejandro Encinas Rodríguez para que la Constituyente también funja como primera demandada en los juicios en contra de la Constitución de la Ciudad de México.
Y es la Asamblea Constituyente omitió en abril pasado en su recurso de inconformidad incluir las cuatro acciones presentadas por la PGR, CNDH Nueva Alianza y MORENA, y se concentró propiamente en las controversias constitucionales interpuestas por la Presidencia, el Senado y el Tribunal capitalino, tal vez porque concentraban un mayor número de artículos impugnados.
El 10 de mayo anterior, la Segunda Sala de la Suprema Corte reconoció a la Constituyente como parte demandada pero sólo en las tres controversias constitucionales, y pronunció con respecto de las cuatro acciones restantes que ponen en duda la legalidad de la Carta Magna capitalina, pues no formaron parte de la petición del senador perredista Alejandro Encinas.
Después de 15 días el presidente de la Constituyente presentó un recurso de regularización por la parte de las impugnaciones que les faltaban.
Ahora con el reconocimiento como parte de demandada, la Constituyente debe presentar elementos probatorios de defensa al igual que en la Controversias, y lo debe de hacer a la brevedad posible respondiendo a sus propias urgencias.
De acuerdo con los argumentos de los quejosos, el ministro, Javier Laynez Potisek, encargado de analizar los recursos en contra de la Constitución local, designó como autoridades competentes para responder dichos recursos a la Asamblea Legislativa (ALDF) y al titular de la jefatura de gobierno capitalino, Miguel Ángel Mancera Espinosa.
Aunque la Asamblea Constituyente concluyó con los objetivos y las funciones para las que fue creada según la propia Constitución nacional, “dentro la Reforma Política de la Ciudad de México, no se extingue ni la disuelve como poder constituyente originario”, consideraron algunos de los inconformes.
Además que la Asamblea Constituyente no tienen las mismas funciones y atribuciones de la ALDF para responder ante la SCJN sobre las acciones y controversias constitucionales, pues carece de facultades para proponer reformas y leyes de carácter constitucional.
Mientras que al jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera Espinosa, únicamente le corresponden ordenar la publicación en la Gaceta Oficial el decreto correspondiente de la Constitución Política local como se dispuso en la Constitución federal.
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