¿Cuáles son los cambios fiscales para 2022?

El SAT da inicio a este 2022 con nuevas leyes y multas, entérate cuáles son los cambios fiscales para este año.

¿Cuáles son los cambios fiscales para este año?

Hay nuevos cambios fiscales en 2022 y el SAT está listo para cumplir con los cambios legales autorizados el año pasado con la nueva miscelánea fiscal, así que entérate cuáles son los cambios fiscales para este año.

Con los cambios que entraron en vigor el pasado 1 de enero llamaron mucho la atención siete leyes fiscales que hay que tener en cuenta para evitar problemas con la tesorería este 2022.

¿Cuáles son los cambios fiscales para este año?

El principal son las multas por hacer mal las facturas.

También el Comprobante Fiscal Digital por Internet cambiará, pasando de su versión 3.3 a la 4.0.

Así, el SAT dará una ventana de transición de enero hasta abril para poder ocupar las dos versiones.

En esta actualización se deberá informar cual es el nombre, RFC, código postal y el régimen fiscal del receptor en cada factura emitida.

Por lo que es importante hacer una cancelación correcta, ya que en caso de hacerlo mal se aplicarán multas.

Para cancelar una factura correctamente, los emisores deberán enviar la solicitud de cancelación de la factura a través del Portal del SAT.

Al hacerlo incorrectamente, la multa por una factura mal cancelada será de entre 5 y 10% del monto total al que ascienda la factura.

Presta más atención a tus operaciones por cambios fiscales

El gobierno pondrá una constante vigilancia a los supuestos actos de simulación de operaciones.

Por eso a partir de este año cuando se cancelen los certificados de sellos digitales a un contribuyente (siempre y cuando un tercero solicite que se emitan las facturas de los bienes o servicios), la Tesorería investigará si se trata de una empresa que factura operaciones simuladas (EFOS).

Si te descubren tendrás consecuencias fiscales, como la no deducción y el no acreditamiento del IVA en tus operaciones.

Además de las consecuencias legales para los contribuyentes involucrados, detalló Ramiro Ávalos, vicepresidente de Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

Nuevos cambios fiscales hacen obligatorio el RFC

Todo mexicano o residente de este país teniendo más de 18 años tiene la obligación de registrarse ante el SAT.

Quienes cumplan 18 años este 2022 también tendrán que registrarse, tengan o no actividad económica, de acuerdo al Código Fiscal de la Federación.

Si el SAT detecta que tienes actividad económica y no estás en el RFC, la multa va desde los 3,000 y hasta 11,600 pesos.

Transferencias en efectivo

Las instituciones financieras informarán mensualmente a las autoridades cuando a los cuentahabientes les depositen más de 15,000 pesos en efectivo en sus cuentas bancarias, esta obligación se realizaba anualmente hasta el año pasado.

En días recientes el SAT aclaró que no cobrará, ni vigilará depósitos en efectivo menores a los 15,000 pesos en un mes.

¿Que es el RIF y que pasará con los nuevos cambios fiscales?

El Régimen de Incorporación Fiscal es un esquema sencillo al que pueden acceder personas físicas, cuyos ingresos al año no excedan de dos millones de pesos anuales.

Esta opción incluye los beneficios contenidos en la Ley de Ingresos de la Federación de 2021, correspondientes a las facilidades y estímulos en materia de IVA y IEPS.

Todos aquellos que deseen ejercer esta opción deberán presentar un aviso a más tardar el 31 de enero de 2022.

Esta opción no es aplicable a quienes hayan iniciado en el RIF a partir del 1 de Septiembre de 2021.

Compensación universal en auditorías

Para 2022, se establece un nuevo procedimiento para que aquellos contribuyentes que estén siendo sujetos al ejercicio de facultades de comprobación de la autoridad, puedan solicitar la aplicación de los saldos de impuestos que tengan a su favor, contra el impuesto a su cargo, que determine la autoridad como resultado de las observaciones consignadas en el oficio respectivo o en la última acta parcial de auditoría, sin importar que sean de naturaleza distinta.

Esta facilidad no incluye a las retenciones de impuestos.

Régimen Simplificado para actividades primarias

A partir del 1 de enero hay nuevos cambios fiscales y uno de ellos es que dejará de estar en vigor el régimen especial para las personas físicas que se dedican a las actividades primarias conocidos como AGAPES (Agricultura, GAnadería, PEsca y Silvicultura).

En atención a ello se adicionó una disposición que considera que si esos contribuyentes optan por el RESICO, tendrán una exención anual de $900,000 de ingresos por los cuales no pagarán el ISR.

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