SCJN falla a favor de Telcel en tarifa cero

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió amparar a Telcel contra de la prohibición de cobrar tarifas de interconexión a sus competidoras.

Por unanimidad, el pleno de la Segunda Sala determinó que era inconstitucional el Artículo 131, inciso A, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) de 2014, que estableció la tarifa cero para terminación de tráfico en la red del agente preponderante (Telcel en este caso), porque el Congreso de la Unión no estaba facultado para determinar medidas asimétricas entre operadoras.

Detalló que corresponde al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) establecer la regulación tarifaria conforme a sus facultades constitucionales, y  las competidoras no estarán obligadas a reembolsar a Telcel los montos que no pagaron durante los tres años previos en que ha estado vigente la disposición.

Javier Laynez Potisek, ministro ponente dijo que el amparo a Radio Móvil Dipsa (Telcel), debe entrar en vigor a partir dl 1 de enero de 2018, y las tarifas que se establezcan deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

La Segunda Sala fijó los efectos de la sentencia, reconociendo que deben corregirse la afectación que para la empresa haya significado la emisión de la “tarifa cero” por parte del Congreso.

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