De último momento delegado el GAM detiene su destitución

Ciudad de México.- De último momento, el delegado en Gustavo A Madero, Víctor Hugo Lobo, y su secretaria de Cultura, María Cristina García Zepeda, acataron de último momento  el pago de un laudo, y con ello, evitó la suerte de su homólogo  en Venustiano Carranza,  Israel Moreno.

 

Un día antes de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declarara la destitución del delegado, por desacató a la orden judicial, éste pagó la deuda  de 30.6 millones de pesos al dueño de una empresa proveedora de servicios que se amparó ante un juzgado, por la clausura de un edificio en construcción.

 

Víctor Hugo Lobo dijo que la SCJN le solicitó quitar los sellos de una obra en construcción de un inmueble de tres niveles, que no contaba con licencia de construcción, ni de un Director Responsable de Obra (DRO).

 

En este sentido, el dueño de la obra  se amparó ante un juez de Distrito, quien concedió la razón al particular y dejó sin efectos la clausura, y ordenó pagar los daños y perjuicios por haber detenido la obra, situación que no se concretó desde el 2015.

 

El 23 de marzo de 2015, el empresario  demandó ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal la nulidad de la  visita de verificación de construcción y edificación, ocurrida un mes antes.

Para el  10 de junio de 2015, la Cuarta Sala Ordinaria del Tribunal de lo Contencioso Administrativo capitalina dictó sentencia en la que declaró la nulidad de la orden de visita de verificación de construcción y edificación, así como las subsecuentes actuaciones.

Sin embargo, la sentencia fue recurrida en apelación por la jefatura delegacional, pero la resolución del 28 de octubre de 2015, y confirmada por la Sala Superior del mismo Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

En abril del 2016 el quejoso interpuso recurso de queja por incumplimiento de sentencia, instancia que fue resuelta el 14 de julio de 2016, en el sentido de declarar fundada la queja por incumplimiento al fallo definitivo, y se impuso una amonestación y se requirió a la autoridad demandada, situación que se repitió por dos  ocasiones.

Ante las negativa del delegado, el quejoso interpuso el juicio 1574/2016, en el cual, el 17 de enero del 2017, la  Jueza Decimoquinta de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, emitió una sentencia en la que concedió el amparo y protección para que la delegación cumpliera cabalmente la sentencia.

Asimismo, requirió al jefe Delegacional en Gustavo A. Madero, Víctor Hugo Lobo, para que en calidad de superior jerárquico remitiera al juzgado, las constancias con las que acreditara haber ordenado a la responsable el cumplimiento a la ejecutoria de amparo, o bien, haber dado cumplimiento por sí mismo a la totalidad de los efectos precisados en la ejecutoria de amparo en los términos indicados en ese proveído.

Pero el delegado omitió cumplir con la sentencia, hasta que fue atendida por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, quien  declaró fundado el incidente de inejecución de sentencia y remitió el proyecto de separación del cargo a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En el proyecto de sentencia se preveía que se ratificará la sentencia a favor del quejoso, y se procediera a decretar la destitución del Víctor Hugo Lobo, para este jueves.

“Sin embargo, en virtud de que se dio cuenta de la recepción el día de ayer, a las 15:16 horas, de un oficio del Tribunal de Justicia de Administrativa de la Ciudad de México, en el que éste manifiesta que ha quedado debidamente cumplida su sentencia y el particular restituido en sus derechos, el Ministro ponente solicitó retirar el asunto, a efecto de analizar dicho documento y determinar lo conducente”.

Lo mismo sucedió con su secretaria de Cultura María Cristina Zepeda quien desoyó las órdenes judiciales dadas desde el 2004, por lo que se acumularon los sueldos de los trabajadores a quienes no les quiso reconocer su categoría.

Y es que la Primera Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en el expediente laboral 2388/2004, emitió un laudo en el que condenó a la quejosa a basificar a Alberto y Javier Ortiz Hernández, con la categoría de tramoyista y a Pedro Ávila Jiménez, con la categoría de asistente técnico.

Además de  reconocer la antigüedad de los quejosos desde la fecha de su ingreso al servicio de la demandada;  inscribir a los quejosos ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado de manera retroactiva desde su ingreso al servicio de la demandada, así como a pagar las aportaciones para dicho instituto en su fondo de pensiones.

Y cinco  minutos de que se venciera el plazo, la funcionaria cumplió con la orden judicial, previo a que la SCJN estudiara el caso este jueves 09 de noviembre.

“Sin embargo, en virtud de que se dio cuenta de la recepción el día de ayer, a las 23:55 horas, de un oficio del presidente de la Primera Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en el que éste manifiesta que ha quedado debidamente cumplido su laudo, el Ministro ponente solicitó retirar el asunto, a efecto de analizar dicho documento y determinar lo conducente”.

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