Ratificaron triunfos a diputados CDMX en 8 distritos

Ratifican triunfos a diputados CDMX

En Sesión Pública, en el Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) ratificaron triunfos a diputados de la Ciudad de México (CDMX).

En lo que fue materia de impugnación, se validó el Cómputo de la elección de Diputaciones al Congreso de la Ciudad de México en los distritos 8, 10, 14, 16, 17, 24, 25 y 33.

Con base en ese orden, se ratificaron los triunfos como diputados de mayoría relativa de los morenistas Adriana Espinosa, Guadalupe Morales y Carlos Hernández Mirón.

Así como de los panistas Daniela Álvarez y Christian Von Roerich, de la perredista Gabriela Quiroga, de la petista Circe Camacho y del priísta Ernesto Alarcón.

En un comunicado, el TECDMX señaló que los argumentos hechos valer por las partes actoras resultaron inoperantes.

Lo anterior, por no precisar los motivos por los que consideraban se actualizaba la causal de nulidad alegada.

Ratificaron triunfos a diputados CDMX

Quienes impugnaron, omitieron expresar de forma individualizada las causas de sus inconformidades o, en algunos casos, los hechos se presentaron de forma vaga, ambigua o superficial.

Por otra parte, los magistrados electorales de la Ciudad determinaron modificar los resultados consignados en las Actas de Cómputo de los Consejos Distritales 6, 7, 21, 22 y 32.

Esta decisión fue por presentarse irregularidades en diversas casillas que provocaron su anulación.

El Tribunal no precisó cuántos resultados de casillas se anularon.

Pero las modificaciones en los resultados deberán tomarse en cuenta para la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional. 

Aunque luego, el organismo electoral agregó:

“Dado que no se acreditaron las condiciones para anular la elección, se determinó confirmar la Declaración de Validez y la entrega de la Constancia de Mayoría en estos”.

Lista A

Por otra parte, en cumplimiento de sentencia de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las Magistradas y Magistrados locales confirmaron la resolución dictada en el Juicio para la Protección de los Derechos Partidarios en el que se declararon infundados los agravios hechos valer para combatir la Lista “A” de candidaturas para la elección de Diputaciones al Congreso Local por el principio de Representación Proporcional del Partido Revolucionario Institucional.

En este juicio, las Magistraturas consideraron que la autoridad demandada sí realizó el estudio de fondo para sustentar la validez de su decisión.

Por ello, se validaron las pruebas que ofreció para evidenciar el incumplimiento del requisito de militancia, atribuido a dos personas que integran la Lista aludida.

Asimismo, se consideró que la Comisión Permanente del Consejo Político fue omisa en proporcionar diversa documentación solicitada por la parte actora.

Esta información deberá ser entregada en un plazo de 48 horas.

En el análisis de Procedimientos Especiales Sancionadores, las Magistraturas determinaron la inexistencia de uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada.

Así como de actos anticipados de precampaña y campaña, en contra de Octavio Rivero por su participación en un evento donde entregó tinacos.

No fue posible acreditar la participación de Octavio Rivero en el referido evento.

Además de que formaron parte de un programa de ayuda a las personas que habitan en la demarcación Milpa Alta en atención a la pandemia del Covid-19.

De igual forma, determinó la inexistencia de actos anticipados de campaña en contra de Mauricio Tabe Echartea y del PAN por la colocación de una pancarta.

Se consideró que la pancarta fue parte de las actividades de precampaña y estuvo dentro de los tiempos estipulados para ello.


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