Ciudad de México.- Un manotazo en la mesa puede darse por motivos tan diversos que hoy, en la Comisión de Ciudadanía, una frase breve, de tan sólo 11 palabras, lo provocó.
Estaban por cumplirse dos horas de debate en torno al artículo 30, fracción F del proyecto de Constitución, sobre la revocación del mandato, cuando el hartazgo le ganó al panista Gonzalo Altamirano Dimas.
La discusión se había estancado sobre mantener o eliminar el inciso b de la fracción F, el cual establece quién puede solicitar la revocación del mandato de un gobernante.
El inciso b señala que el propio titular de un cargo de elección puede pedir esa consulta. Las 11 palabras de la discordia, incluidas en el proyecto de Constitución, vienen redactadas así: "A petición del titular del cargo de representación popular".
El manotazo de Gonzalo Altamirano devino de un estira y afloja con Porfirio Muñoz Ledo. El del PAN decía que ese inciso se debe eliminar, el otro señalaba que no.
Para Altamirano la revocación debe ser un derecho de los ciudadanos y no utilizado como un desplante del gobernante en turno para legitimarse. Insistió que la revocación debe ser vista como un proceso de sanción al que es sometido el titular de un cargo de elección, por no cumplir con los objetivos, promesas y aspiraciones de los que votaron por él o ella.
Muñoz Ledo decía que debería ser un derecho del gobernante someter su mandato a una consulta. Reconocía que el inciso b estaba mal fraseado, pero sugería una nueva redacción, aunque manteniendo la posibilidad de que el titular de un gobierno pueda someter al voto popular la continuidad de su administración.
Raúl Bautista, de Morena, respaldó los argumentos de Gonzalo Altamirano, al considerar que un gobernante puede utilizar esa figura de democracia directa, manipularla y sólo legitimarse más.
Las posturas entre los integrantes de la comisión llegaron a un punto irreductible. Unos apoyaban a Muñoz Ledo, otros a Altamirano Dimas, por lo que el presidente de la Comisión, Raúl Bautista, determinó someter el tema a votación, para definir si el discordante inciso b era suprimido del artículo 30 o se le mantenía.
En esas estaban cuando un harto y molesto Gonzalo Altamirano apuraba al presidente de la Comisión a someter el tema a votación. Muñoz Ledo alzó la voz sólo para atinar a decir que no.
Sentado a su lado derecho, el panista le replicaba con un ¡Cómo no!
El otro, encendido, le reviró. “¡Pues porque no!”, dijo Porfirio.
-No, a mí no me hables así-, le contestó el del PAN, mientras daba el manotazo y frente al silencio de todos los que en una sala del Palacio de Minería los observaban.
Muñoz Ledo le dijo que no le estaba hablando en ningún tono, y pasado el arrebato le ofreció disculpas al panista, quien después de la votación tomó sus cosas y se fue.
La votación, a final de cuentas fue sólo indicativa, pues la Comisión discutía el tema sin quórum legal. De los 22 legisladores que integran ese grupo de trabajo sólo estaban presentes 10. Así, 5 diputados, de Morena y el PAN, decidieron suprimir el artículo para que sea abordado en otro apartado del proyecto de la Constitución, 2 votaron por mantenerlo y 3 se abstuvieron.
Los alcances de la revocación
El debate de este artículo incluyó otros temas, como los alcances mismos de la revocación del mandato.
Jaime Cárdenas, de Morena, planteó que esta consulta debe realizarse en cualquier momento del periodo de gobierno, mientras que la iniciativa contempla que procederá cuando haya transcurrido la mitad de la duración del cargo de representación popular de que se trate. No hubo un acuerdo sobre este tema, pues hubo voces dentro de Morena, como Raúl Bautista, quien planteó que fuera a partir del primer año de un gobierno.
Beatriz Pagés, designada por el titular del Ejecutivo federal, señalaba que la revocación del mandato es una figura inconstitucional, pues así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación en juicios de controversia constitucional promovidos contra las constituciones de los estados de Yucatán, en 2010, y Chihuahua, en 2013.
Porfirio Muñoz Ledo argumentaba que, en el caso de Chihuahua, la Suprema Corte resolvió la inconstitucionalidad porque los diputados locales revolvieron y confundieron juicio político con revocación del mandato. El legislador recordaba que en la Constitución de Oaxaca sí prosperó la figura de revocación del mandato e incluso en esa entidad ya se avanzaba en la legislación secundaria.
La panista Kenia López Rabadán insistía que la revocación de mandato no aparece en la Carta Magna del país, pero Raúl Bautista le reviraba diciendo que no por estar ausente de la Constitución federal, ese instrumento de democracia directa es inconstitucional, mientras que Beatriz Pagés decía que esa figura de consulta puede resultar un arma de doble filo, pues existe un riesgo de que pueda utilizarse por grupos que no buscan la gobernabilidad.
No hubo definición sobre la cantidad de personas inscritas en el padrón electoral para solicitar la revocación. Manuel Oropeza, del PRD, dice que deben ser 40% de los votantes quienes participen en esa consulta; mientras que el de Morena, Jaime Cárdenas planteó que debe ser sólo un 5% del padrón.
Errores conceptuales
El comisionado del Infodf, Alejandro Torres Rogelio, advirtió que el proyecto de Constitución contiene errores conceptuales que, de quedar como están, generarían una regresión en derechos ya ganados por los capitalinos sobre aspectos de transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información pública. "No sólo es una cuestión de forma o de redacción, es de fondo", explicó.
Torres participó hoy en una audiencia pública convocada por la Comisión Carta de Derechos de la Asamblea Constituyente, en donde abundó sobre el contenido de una propuesta que presentó a título personal ante el órgano legislativo.
Dijo que la redacción del proyecto abre la puerta a sujetos obligados para negar información, a través de argumentos legalistas, lo que obligaría al ciudadano a recurrir a amparos para hacer valer su derecho al acceso a información.
"En la definición de acceso a la información pública nos plantean qué es el acceso a los documentos públicos. Está muy bien, pero en su relación con otros artículos resulta que sólo quedan seis rubros de acceso a la información y obligaciones de transparencia, como lo fiscal o los informes de Alcaldes o sobre perfiles de candidatos, pero si alguien pide información distinta se la van a negar", explicó.
Otro causal que sería regresivo, agregó el comisionado, tiene que ver con la posibilidad de que los sujetos obligados simplemente no respondan una solicitud de información. En este caso un recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia alegando la falta de respuesta no procedería, pues el proyecto de Constitución establece que solo proceden los recursos de revisión contra resoluciones emitidas por la autoridad, pero si la autoridad no resolvió la solicitud y fue omisa no habría facultades para intervenir.
Detalló que los artículos en lo que detectó errores conceptuales son el 10 y el 12, pero están vinculados con por lo menos otra decena de artículos dentro del Proyecto, que suprimen derechos en esta materia.
Consideró que los diputados constituyentes deben tener mucho cuidado al momento de copiar y pegar párrafos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en temas como el de transparencia, pues al hacer refraseos del contenido, esto puede llevar a malas interpretaciones que no permitan la posibilidad de garantizar derechos.
El Consejo de Evaluación de la Ciudad de México
En la conformación de los órganos constitucionales autónomos para la Ciudad de México, los diputados constituyentes aprobaron este mediodía la creación del Consejo de Evaluación de la capital del país, una autoridad de carácter técnico que se encargará de revisar las políticas públicas, programas y acciones que desarrolle la administración pública local.
En la Comisión de Poder Judicial, los legisladores constituyentes aprobaron que las evaluaciones generadas al seno de este Consejo serán vinculatorias, es decir, de observancia obligatoria para los entes de la administración pública capitalina.
El Consejo de Evaluación estará integrado por cinco consejeros, de entre los cuales se elegirá a su presidente, y contará con el número de comités que el propio órgano determine; esos comités serán los responsables de realizar la revisión directa de las políticas, programas y acciones en materia de desarrollo económico, social, urbsno, rural, de seguridad ciudadana y medio ambiente.
La creación del Consejo se dio con mayoría de votos de los diputados integrantes de esa comisión. Bernardo Bátiz, coordinador de los legisladores de Morena, había planteado que el organismo autónomo tuviera carácter ciudadano y no técnico, sin embargo, su propuesta fue rechazada.
Bátiz argumentó que deben ser los ciudadanos quienes evalúen las políticas públicas y no un grupo técnico que solo generará más burocracia y el reparto de cuotas políticas al momento de designar a los cinco consejeros.
Lo cierto es que a diferencia del futuro Instituto de Transparencia que la Comisión se Poder Judicial aprobó ayer, en donde se prohibió que los comisionados de ese organismo militen en algún partido o hayan ocupado un cargo público o de elección popular, para el Consejo de Evaluación no se estableció ese candado.



