El TEPJF permite el uso de monederos electrónicos en campañas del 2018

Ciudad de México.-   El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), eliminó del reglamento de fiscalización la prohibición a partidos políticos y candidatos para entregar monederos electrónicos a los posibles votantes, lo cual contradice lo estipulado por el Instituto Nacional Electoral (INE).

El Consejo General del INE habría agregado al reglamento el artículo 143, donde se impedía “la entrega de tarjetas u otro tipo de propaganda que en la percepción de la ciudadanía se dirija a un beneficio directo en un futuro inmediato, por no cumplir con la finalidad de la propaganda electoral”.

Este revire en lo estipulado por dicho artículo, se debió a que el magistrado José Luis Vargas, consideró que, “el Consejo General del INE se extralimitó en el ejercicio de sus atribuciones reglamentarias al prohibir en el artículo 143 quáter párrafo primero y segundo del Reglamento de Fiscalización la entrega de cualquier tipo de propaganda en la que se oferte o entregue algún servicio inmediato o mediato, en especie o en efectivo”.

Por lo que se deberá modificar el párrafo primero de dicho artículo para armonizarlo con el 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, donde se “prohíbe de manera genérica la entrega de cualquier tipo de material que implique la entrega de un bien o servicio, pero no hace mención de las citadas tarjetas”. Esta corrección fue consensuada por los seis magistrados asistentes a la sesión de la Sala Superior, celebrada la noche de este miércoles.

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