Diputados aprueban Ley Olimpia

Veronica Macias Reportera y coeditora web

Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó la Ley Olimpia que sanciona la violencia digital y tipifica el delito de violación a la intimidad sexual con una sanción de tres a seis años de cárcel.

De acuerdo con el dictamen, se impone una multa de quinientas a mil veces la Unidad de Medida y Actualización, es decir de 44 mil 810 a 89 mil 620 pesos, a quien incurra en dicha conducta delictiva.

Se comete el delito de violación a la intimidad sexual quien divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.

El mínimo y el máximo de la sanción se incrementaría hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina, o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza.

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