En 2020 el GobCDMX hizo mal manejo de desechos infecciosos por Covid, revela auditoría

Alberto-Cuenca.capital-cdmx.org
Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Durante 2020, el gobierno de la CDMX realizó un inadecuado manejo de residuos peligrosos biológico-infecciosos generados por pacientes de aislamiento domiciliario con Covid-19.

La transferencia, recolección, traslado y tratamiento de esos residuos no se apegó a la Norma Oficial Mexicana prevista para ese caso.

No se destinaron vehículos especiales para el traslado de desechos, ni se embalaron o envasaron de forma específica.

Tampoco hubo un tratamiento físicos o químicos para la eliminación de patógenos.

LA AUDITORÍA

Así lo revela el resultado de una auditoría que realizó la Auditoría Superior de la CDMX como parte del Informe de Fiscalización de la Cuenta Pública 2020.

La revisión se hizo a un contrato que asignó la Secretaría de Obras a la empresa Aseca SA de CV, por 6 millones 620 mil pesos.

El contrato SOBSE-DGAF-DRMAS-236-2020 contempló el servicio de recepción en estaciones de transferencia, recolección, traslado y tratamiento de los residuos peligrosos biológico-infecciosos generados por pacientes con Covid-19.

Sin embargo, la revisión detectó que los trabajos se hicieron sin cumplir con la Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002.

LO QUE DICE LA NOM

Durante las reuniones de confronta que se realizaron, la Secretaría de Obras argumentó que el manejo de desechos se hizo con base en un protocolo propio.

Ese protocolo se denominó “Para el manejo de residuos domiciliarios Covid.19”.

Sin embargo, esos lineamientos distan mucho de las especificaciones y cuidado que deben tomarse en cuenta en la Norma Oficial Mexicana.

La ASCDMX destacó que según la NOM los residuos infecciosos debieron identificarse, envasarse, almacenarse temporalmente y trasladarse en un transporte externo, lo cual no ocurrió.

De acuerdo con la Norma Oficial solo podrán recolectarse los residuos con el envasado, embalado y etiquetado o rotulado que los identifique como tal.

Las bolsas para identificar esos residuos deben ser de polietileno de color rojo traslúcido de calibre mínimo 200, impermeables y con un contenido de metales pesados de no más de una parte por millón y libres de cloro.

Además, deberán estar marcadas con el símbolo universal de riesgo biológico y la leyenda Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos.

Los vehículos recolectores deben ser de caja cerrada y hermética, contar con sistemas de captación de escurrimientos, y operar con sistemas de enfriamiento para mantener los residuos a una temperatura máxima de cuatro grados Celsius.

Además, los vehículos con capacidad de carga útil de mil kilos deben operar con sistemas mecanizados de carga y descarga.

Según la NOM, los residuos biológico-infecciosos deben ser tratados por métodos físicos o químicos que garanticen la eliminación de microorganismos patógenos y deben hacerse irreconocibles para su disposición final.

LO QUE HIZO EL GOBCDMX

Al seguir su “Protocolo para el manejo de residuos domiciliarios Covid-19”, lo que hizo el GobCDMX fue depositar los desechos en bolsas de polietileno de color rojo traslucido con el símbolo universal de riesgo biológico.

Esas bolsas debían estar llenas al 80 por ciento de su capacidad, cerrarse y desinfectarse para posteriormente entregarse al personal del servicio público de limpia de la Alcaldía correspondiente.

Reconoció que la recolección de los residuos domiciliarios generados por pacientes de aislamiento domiciliario con Covid-19 se realizó mediante el servicio público de limpia de cada alcaldía.

Luego, la recepción de los residuos se realizó en las 12 estaciones de transferencia.

Ahí, personal con capacidad técnica y equipo de protección recibió las bolsas con los residuos domiciliarios Covid-19, las cuales se depositaron en los contenedores específicos.

El traslado de esos residuos se realizó “en vehículos con características específicas” y se llevaron a una planta de tratamiento, donde se llenó un manifiesto.

Durante el proceso para solventar las observaciones, la Dirección de Recursos Materiales de la Secretaría de Obras respondió con un argumento muy peculiar.

Expuso que se declaraba materialmente imposibilitada para pronunciarse sobre las especificaciones del servicio, al no ser perito en la materia.

Alegó que su ámbito exclusivo fue la administración del contrato.

“Lo expuesto evidencia que los servicios contratados de recepción en estaciones de transferencia, recolección, traslado, y tratamiento de los residuos peligrosos biológico-infecciosos no se sujetaron a la NOM-087-SEMARNAT-SSA1- 2002”, resolvió la Auditoría.

 

Imprimir artículo Síguenos en Google News

Post más visitados en los últimos 7 días