SCJN elimina requisito de comprobación de concubinato; protegió a una mujer que le fue negada la pensión por viudez.
Lo anterior ocurrió en el IMSS de Coahuila, debido a que no pudo acreditar los cinco años de convivencia en concubinato.
El pleno concluyó que imponer ese requisito es una carga adicional a quienes optaron por construir una familia distinta al matrimonio, lo cual es discriminatorio.
Refirió que genera un trato discriminatorio basado en un estado civil, lo que vulnera el derecho a la seguridad social y libre desarrollo de la personalidad.
SCJN elimina requisito de comprobación de concubinato
«Me enoja y me enoja mucho que se establezcan este tipo de afirmaciones. El concubinato se puede crear con una voluntad propia de dos personas.
«Tienen la misma validez que los que desean casarse, muchas gentes no sean casarse por sus razones personales».
La ministra Lenia Batres votó en contra, pues afirmó que si no se comprueba el concubinato, se podría afectar financieramente al IMSS.
“Es constitucionalmente válido los requisitos, no son arbitrarios pues atienden a una medida para hacer frente al abuso en el que pudiera incurrirse».
Concluyeron que si bien las personas solicitantes de la pensión deben acreditar la existencia del concubinato, no pueden ser obligadas a cumplir el plazo.


