SCJN echa abajo recorte al INE

Fortalecer al INE es el objetivo de reforma: Monreal
Veronica Macias Reportera y coeditora web

SCJN echa abajo recorte al INE. La Primera Sala de la Suprema Corte determinó la invalidez del presupuesto asignado al Instituto Nacional Electoral en 2022.

Tras advertir que la Cámara de Diputados no motivó reforzadamente la modificación que hizo al anteproyecto que dicho Instituto presentó.

Aunado a que tal ajuste compromete las funciones, lo que podría traducirse en una violación de los derechos fundamentales de carácter político-electoral.

Esta decisión emana de la resolución de una controversia constitucional promovida por el INE en contra de la Cámara de Diputados, y el Poder Ejecutivo Federal.

En la que demandó la invalidez de diversos artículos y anexos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022.

SCJN echa abajo recorte al INE

La Primera Sala advirtió que la Cámara de Diputados redujo en más de 26% el presupuesto solicitado por el INE, sin motivar la disminución referida.

El Alto Tribunal sostuvo que, si bien la Cámara de Diputados tiene la facultad, ésta debía ejercerse mediante la aplicación de un estándar de motivación.

Reforzada que diera cuenta de las razones objetivas y justificadas para realizar una reducción.

Lo anterior, al estar en juego la autonomía presupuestal de los órganos constitucionales autónomos.

Y la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía.

De esta manera, la Primera Sala concluyó que la reducción que realizó la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal 2022 careció de una motivación.

En la cual se demostrara que los recursos asignados al INE eran, suficientes para pagar los gastos generados en cumplimiento de las obligaciones constitucionales.

A partir de estas consideraciones, la Sala declaró la invalidez del Presupuesto de Egresos 2022.

En lo relativo a los recursos asignados al INE, e instruyó a la Cámara de Diputados para que analice y determine en sesión pública lo que corresponda.

De estimar procedente la autorización de recursos adicionales, adopte las medidas para que se haga la transferencia efectiva de los recursos a ese Instituto.

O bien, en caso de que la decisión sea negativa, presente una motivación reforzada y con rigor técnico de su decisión.

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