SCJN da prioridad a víctimas de violencia en guarderías

Insisten en reformar al Poder Judicial
Veronica Macias Reportera y coeditora web
SCJN da prioridad a víctimas de violencia en guarderías. La Suprema Corte estableció dicho criterio por mayoría.
Refirió que que tendrán prioridad para la admisión en guarderías los hijos de madres jóvenes y estudiantes, víctima de violencia y solteras trabajadoras.
En sesión de Pleno, por mayoría de nueve votos, el pleno acordó dar prioridad a hijos madres entre 12 y 22 años 11 meses de edad.
Quienes comprueben estar inscritas en los niveles básico, medio superior o superior del sistema educativo nacional.
Y que por asistir a la escuela no puedan proporcionar la atención y cuidados necesarios a sus hijas e hijos; y a madres víctimas de violencia intrafamiliar.
En tercer lugar están los hijos de madres solteras que requieran la atención de su hijo por motivos laborales.

SCJN da prioridad a víctimas de violencia en guarderías

El Pleno realizó un análisis de la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Ello, contra del artículo 27 de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México.
“La admisión prioritaria de los descendientes de madres víctimas de violencia intrafamiliar y de madres solteras que requieren de los centros de cuidados.
«También persigue finalidades constitucionalmente legítimas pues buscan brindar apoyo un sector de la población desproporcionadamente afectado”.
Los ministros consideraron que con ello se mitiga una causa de deserción escolar; brindar apoyo a un sector de la población desproporcionadamente afectado.
Sobre todo por la violencia familiar; y ampliar las oportunidades laborales de las madres solteras.
Estableció que las medidas guardan una relación racional con dichos objetivos, por lo que son constitucionales, pero tales normas establecen acciones afirmativas.
Resolvieron que la vulnerabilidad de las madres impacta directamente en el bienestar de los niños y niñas.
Y ante la disponibilidad limitada de lugares dentro de las guarderías, no sólo es razonable sino necesario que se establezcan criterios de prioridad.
Los cuales deben tomar en cuenta las mayores dificultades para la crianza.
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