El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que las personas físicas deben presentar su declaración anual de impuestos entre el 1 y el 30 de abril, para evitar multas, recargos y actualizaciones.
En este grupo se ubican todos los profesionistas que cobran por honorarios, las personas que tienen un negocio y aquellas que desarrollan actividades empresariales.
Además de quienes obtienen ingresos a través de plataformas tecnológicas, renta de inmuebles, intereses, dividendos, venta de bienes como su automóvil y los asalariados que ganan más de 400 mil pesos anuales o que tuvieron más de dos patrones durante el año.
El público puede ingresar al simulador de la declaración anual; que cuenta con los datos precargados de los impuestos a reportar, las facturas registradas, las deducciones y el saldo final, que puede ser a favor o en contra.
¿Qué documentos necesito para mi declaración anual?
- Constancia de situación fiscal, para saber qué tipos de ingresos e impuestos debe declarar
- CFDI expedidos por ingresos y los recibidos por las adquisiciones de bienes, servicios y uso o goce temporal de bienes, dependiendo de la actividad de cada contribuyente.
- Constancias electrónicas de retenciones
- CFDI de las deducciones personales: honorarios médicos, dentales, nutriólogos y psicólogos; gastos hospitalarios y de funeral; estos últimos hasta una Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual
- CFDI de intereses reales por créditos hipotecarios por casa habitación; de colegiaturas hasta nivel bachillerato y de pólizas de seguros de gastos médicos.
- Constancias de aportaciones voluntarias a su cuenta de Afore
- Si tuviste ingresos del extranjero, los comprobantes de ingreso y deducciones correspondientes.
No debes olvidar:
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
- Firma electrónica o e-firma vigente
- Contraseña
- Número de cuenta bancaria con Clabe, por si tiene saldo a favor


