Ciudad de México.- María Mónica Ramírez Vázquez, seguirá siendo Secretaria General del Sindicato de la Unión de Trabajadores del Instituto de Educación Media Superior (SUTIEMS), y con ello, podrá emplazar la huelga que dejó pendiente el pasado mes de mayo.
Ayer Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en la capital consideró que en el procedimiento de emplazamiento a huelga las autoridades laborales no pueden cuestionar aspectos de la vida interna de los sindicatos, como lo es la elección de sus representantes.
Ramírez Vázquez encabezó la huelga de las escuelas preparatorias del Gobierno del Distrito Federal en el 2014 y apenas emplazó a otro paro de labores el 11 de mayo por incumplimiento del contrato convenido.
Por ello, el IEMSDF pretendió desconocerla legamente como convocante a paros laborales en la capital, sin embargo, la sindicalista interpuso un amparo ante el Instituto de Educación Media Superior del DF pretendió desconocer la autoridad sindical de Ramírez Vázquez, quien acudió a las autoridades federales para combatir dicho precepto.
“Al conceder el amparo para efectos, la autoridad jurisdiccional garantiza el derecho fundamental colectivo a la libertad sindical, en su modalidad de libre elección de sus representantes, a favor de María Mónica Ramírez Vázquez, en su carácter de Secretaria General del SUTIEMS. Además, preserva el libre ejercicio del derecho de los sindicatos para el emplazamiento de huelga a los patrones”, notificó el juez de Distrito, al resolver el amparo 1075/2015.
El impartidor de justicia consideró que las autoridades del trabajo del DF limitaron el derecho del sindicato para elegir a sus representantes y, con ello, impidieron el derecho de huelga en contra de instituciones educativas de la Ciudad de México.
“En específico, advierte que los emplazamientos a huelga no constituyen la instancia procesal para que se realice la investigación de aspectos internos de las organizaciones de trabajadores; de admitirlo se impediría la libre determinación que tienen las organizaciones sindicales para elegir a sus propios representantes”, concluyó el juez en su sentencia.
El juez de distrito falló a favor de la sindicalista, por lo cual, la mujer tiene la calidad legal y administrativa para convocar a huelga, y exigir que se cumplan los puntos contractuales pendientes.
El 11 de mayo de 2015, Ramírez Vázquez, en su carácter de Secretaria General del SUTIEMS, presentó en la oficialía de partes de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del DF el pliego de peticiones con emplazamiento a huelga por violaciones e incumplimiento del contrato colectivo de trabajo, contra el Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal.
Como parte patronal en su carácter de patrón el IEMS, pretendió desconocer a la calidad legal de la secretaria para convocara a huelga, por lo que ésta se suspendió.
El 29 de mayo de 2015, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje emitió la resolución relativa al incidente de falta de personalidad hecho valer por el IEMS y se declaró procedente el incidente aludido, por lo que ordenó no continuar con el procedimiento de emplazamiento a huelga y archivar el asunto, al considerar que en la designación de sus representantes no se cubrían los requisitos legales.
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