PRI CDMX propone quitar controles a definición de candidaturas en 2018

Ciudad de México.- La Asamblea Estatal XXII del PRI en la Ciudad de México acordó proponer a la Asamblea Nacional eliminar los mecanismos de control de la cúpula del partido y emparejar las condiciones de competencia entre militantes y figuras externas.

Por ello, el partido en la CdMx, que dirigen Mariana Moguel y Tonatiuh González, se pronunciaron por la progresividad de los derechos políticos de los militantes.

El diputado local del PRI José Alfaro explicó que lo más destacado fue proponer la eliminación de requisitos para participar en los procesos internos de postulación de candidatos, "que en la práctica se han constituido en instrumentos de control y exclusión en los procesos internos".

Resaltó también que "se emparejan las condiciones con la figura de candidatos 'ciudadanos simpatizantes' (externos), que ya existe en los Estatutos. No es congruente que un externo tenga mayores facilidades para ser candidato del Partido que un militante".

Tras la Asamblea Estatal dijo a Capital CDMX que el tema "adquiere relevancia por todas las candidaturas que se van a procesar en lo federal y lo local para la elección del 2018 que inicia en septiembre de este año".

Los documentos consultados por Capital CDMX establecen propuestas de reforma a los artículos 156, 166, 179, 187 y 188 de los estatutos del partido.

Ahí se explica que se propone disminuir los requisitos que deben cubrir los militantes para participar en los procesos internos de elección de dirigentes y postulación de candidatos y se deben eliminar las prácticas patrimonialistas, autoritarias y excluyentes de la dirigencia del Partido en el desarrollo de los procesos internos de postulación de candidatos y de elección de dirigentes. 

Sobre estas consideraciones se propone la eliminación de la fase previa; el replanteamiento de la forma de acreditación de conocimiento de los documentos básicos del partido, de los requerimientos de apoyo de Sectores y Organizaciones, de respaldos de la estructura territorial y de los Consejos Políticos, para establecer como único requisito el respaldo del uno por ciento de militantes inscritos en el registro partidario, para que un militante pueda inscribirse como candidato o precandidato en un proceso interno de elección de dirigentes o de postulación de candidatos.

En el artículo 156 se propone la siguiente redacción:

XII.- Acreditar el conocimiento de los documentos Básicos del Partido con las constancias expedidas por las instancias de capacitación política del Partido, o de sus Sectores y Organizaciones; dichas constancias deben tener fecha de expedición posterior a la celebración de la Asamblea Nacional más reciente.

XIII.-  Contar indistintamente con algunos de los siguientes apoyos:

a)  Estructura Territorial, a través de sus comités seccionales, municipales o delegacionales, Directivos Estatales o del Distrito Federal, según el caso; y/o ?

XIII.-  Contar con el respaldo del 1% de los Afiliados inscritos en el Registro Partidario.

Con esto se elimina el requisito actual de contar indistintamente con el 20 por ciento de apoyo de algunos de los siguientes grupos: Estructura Territorial, a través de sus comités seccionales, municipales o delegacionales, Directivos Estatales o del Distrito Federal, según el caso; y/o Sectores y/o el Movimiento Territorial, el Organismo Nacional de Mujeres Priístas, el Frente Juvenil Revolucionario y la Asociación Nacional de la Unidad Revolucionaria, A.C.; y/o Consejeros políticos; y/o Afiliados inscritos en el Registro Partidario. ?

La propuesta al artículo 166 que buscaba  quitarle peso al Instituto de Capacitación del partido no avanzó.

En el Artículo 188 se propuso derogar lo siguiente:

I.-   25% de Estructura Territorial; y/o ?

II.- Tres de entre los Sectores y las Organizaciones Nacionales: el Movimiento Territorial, la Organización Nacional de Mujeres Priístas, el Frente Juvenil Revolucionario y Asociación Nacional de la Unidad Revolucionaria, A.C, y/o ?

III.-    25% de consejeros políticos; y/o ?

IV.-   10% de afiliados inscritos en el Registro Partidario. ?

Además en las reformas de los artículos 181 y 186 se propone precisar la forma de participación de ciudadanos simpatizantes (externos) en los procesos internos de postulación de candidatos del partido a cargos de elección popular.

Se propuso, asímismo, la obligatoriedad de que las precandidaturas únicas de sometan a la aprobación de los electores considerados en el procedimiento de postulación respectivo. 

El documento establece que la redacción actual de las disposiciones estatutarias con relación a la posibilidad de postular como candidatos del partido a ciudadanos simpatizantes, permite la interpretación en el sentido de que dichos ciudadanos simpatizantes, no necesitan pasar por un proceso interno de postulación, pudiendo acceder a la candidatura en forma directa, basándose en los resultados de estudios de opinión. "Esta interpretación lesiona los derechos y garantías de los militante, señaladas en los artículos 57 y 58 de los Estatutos", indica la propuesta planteada en la Asamblea Estatal.  

En este contexto, afirman los priistas, resulta necesario precisar que la realización y los resultados de los estudios de opinión para permitir la participación de ciudadanos simpatizantes en los procesos de postulación de candidatos del partido, sólo tienen el propósito de exentarlos de los requisitos estatutarios que se exigen a los  militantes para participar en los procesos internos de postulación; y de ninguna manera puede considerarse como un pase automático a la candidatura del partido. 

"En todo caso, los ciudadanos simpatizantes que obtengan su registro como precandidatos, deberán competir con los militantes que obtengan también su registro para participar en el proceso interno; y en  caso de resultar precandidato único deberán someterse a la aprobación de los electores considerados en  el procedimiento de postulación respectiva", expone el documento que se llevará a la Comisión Nacional de Dictamen a efecto de ser integrados en el predictamen que se discutirá en la Mesa Nacional Temática de Estatutos los días 4 y 5 de agosto.

Los priistas añadieron que es necesario atender las disposiciones legales en materia de precampañas, en el sentido de no permitir actividades de proselitismo interno a precandidatos únicos.

"En éste sentido, se propone establecer en los Estatutos del Partido la obligación de someter las precandidaturas únicas que se pudieran presentar en un proceso interno de postulación a la aprobación de los electores considerados en el procedimiento de postulación respectiva".

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