Ciudad de México.- Elba Esther Gordillo Morales recibió un nuevo revés en sus intenciones por regresar a su hogar a enfrentar su proceso penal, pues el Primer Tribunal Unitario consideró que no basta con cumplir 70 años para obtener el beneficio.
El magistrado negó la prisión domiciliaria solicitada ya que tenía 68 años cuando se liberó la orden de aprehensión por su presunta responsabilidad en los delitos de lavado de dinero y delincuencia organizada, mientras que la ley exige que se tengan 70 cumplidos al momento en que se otorgue la orden de captura.
Al resolver el expediente 264/2015, derivado del recurso de apelación presentado por el abogado de Gordillo Morales, el Unitario consideró que la queja era procedente pero infundada pues la ex líder magisterial no cumple con los requisitos que marca la ley.“La prisión preventiva domiciliaria sujeta entre otros requisitos a que se emita una orden de aprehensión contra una persona mayor de 70 años de edad, aspecto que no cumple la procesada, ya que dicha medida cautelar le fue dictada a la edad de 68 años”, se notificó.
La resolución explica que la inculpada está privada de su libertad por delitos tipificados como graves por la ley, y no alcanzan fianza, ni ningún otro beneficio, y que la prisión domiciliaria sólo se otorga cuando se trate de un delito
El magistrado consideró infundados los agravios de la defensa, que argumentó que para conceder la prisión preventiva domiciliaria sólo era necesario cumplir con los 70 años de edad. Además de que continuar en prisión preventiva no implica que se viole su derecho a la salud, pues ha recibido la atención médica necesaria, por lo que «resultan infundados los agravios sobre violaciones a sus derechos humanos y a los tratados internacionales a los que México está suscrito».
El martes pasado, la defensa de Gordillo presentó un recurso de inconformidad contra una decisión del Primer Tribunal Unitario quien deberá resolver si se le concede el beneficio a la lideresa magisterial.
El abogado consideró excesivo que el magistrado hubiera solicitado el grueso del expediente sobre el proceso de la inculpada, ya que sólo tendría que responder sobre el recurso de impugnación sobre la negativa del Juzgado Sexto de Procesos Penales Federales de entregar la prisión preventiva para la líder magisterial.
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