Crean multas para cableras en el DF

Ciudad de México.- Las empresas cableras y paraestatales que abran de forma indiscriminada el subsuelo de la Ciudad de México para su beneficio serán sancionadas con multas y arresto de hasta 36 horas en caso de que no reparen de inmediato la zona que afecte.

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó la nueva Ley de Servicios Públicos Urbanos del DF que determina sanciones desde la amonestación hasta la revocación de permisos.

El promotor de esta ley, el asambleísta del PRD, Roberto Candia aseguró que se analiza también crear un impuesto para que el Estado tenga recursos de la explotación de un bien pùblico por parte de estas empresas privadas.

Explicó que en esta legislación se definen parámetros mínimos de intervención y operación; los  criterios de calidad, medidas de seguridad y señalización, para que el daño a la vía pública sea el menor. Actualmente, estas empresas tras abrir el subsuelo hacen la reparación con materiales de baja calidad, lo que se traduce en poco tiempo en baches que afecta a los automovilistas y representan un costo adicional a los gobiernos delegacionales y del DF.

El nuevo marco legal contempla como sanciones la suspensión temporal de los trabajos, multas e incluso el arresto administrativo de hasta 36 horas.

Candia comentó que la Ley de Servicios Públicos Urbanos del DF  “fomenta la profesionalización de los servidores públicos y evitará que las delegaciones evadan sus responsabilidades en las zonas donde colindan”.

Multas a inmobiliarias

Otro sector que recibirá multas por violar la normatividad vigente es el de las constructoras y las inmobiliarias.

La ALDF aprobó por unanimidad una modificación al artículo 41 de la Ley de Desarrollo Urbano del DF, que penaliza con una multa del 35 por ciento del valor comercial de una obra a los constructores que violen el uso de suelo con construcciones más altas de lo permitido.

En su última sesión ordinaria, los legisladores reformaron la Ley de Obras Públicas del DF para que las empresas que incurran en retraso, incumplimientos e inacción en obras públicas de la ciudad sean inhabilitadas.

La sanción subsistirá hasta que el contratista concluya las deficiencias de la obra y el plazo para cubrir las fallas puede durar de seis meses a cinco años.

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