Constitución de la CdMx consagra derechos de periodistas

Ciudad de México.- La Asamblea Constituyente aprobó el artículo 12 apartado C de la Constitución de la Ciudad de México que consagra derechos para garantizar el ejercicio pleno del periodismo.

El pleno del Constituyente incluyó los derechos de réplica, secreto profesional y cláusula de conciencia, que impulsaron un grupo de periodistas de la capital del país.

Los constituyentes se enfrascaron en varios debates sobre la profesionalización del gremio y la libertad de expresión.

Sin embargo, a excepción del numeral 1. lo demás avanzó por unanimidad para quedar como sigue: 

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión por cualquier medio. Su ejercicio no podrá ser objeto de previa censura y sólo podrá ser limitado en los casos que señala la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley.

2. Las personas profesionales de la información tienen derecho a desempeñarse de manera libre y mantener el secreto profesional que salvaguarda a periodistas y colaboradores periodísticos en cumplimiento de sus funciones, así como a no ser obligados a revelar sus fuentes de información. En su desempeñó se respetará la cláusula de conciencia para salvaguardar su dignidad e independencia.

3. Se garantizará la seguridad de las personas que ejerzan el periodismo; así como las condiciones para que quienes sean perseguidos arbitrariamente en el ejercicio de dicha actividad profesional realicen todos sus derechos en la ciudad. Se tendrá como eje fundamental la cláusula de conciencia, que salvaguarda la independencia y la dignidad personal a quienes ejerzan la función periodística.

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