Ciudad de México.- Sólo ocho votos hicieron la diferencia para que en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la más polémica del paquete anticorrupción, no se incluyera el formato de las declaraciones patrimoniales y de interés que se ha utilizado en la plataforma tresdetres.mx y que han implementado, hasta el momento, 577 funcionarios públicos.
El Senado de la República avaló en el Pleno esta ley sin incluir el formato que se ha utilizado en la plataforma impulsada por Transparencia Mexicana y el Instituto Mexicano para la Competitividad que incluye el listado de los bienes adquiridos con valor de adquisición, cuentas bancarias, posesión de joyas u obras de arte, automóviles y su costo, viajes financiados, donativos, etcétera.
Sin embargo, se avaló la redacción del PRI y del PVEM, que se trabajó con algunos representantes de organizaciones sociales que representan la misma Ley 3 de3, y que acepta que las declaraciones sean públicas pero con reserva a los datos personales y a la información que pueda afectar la vida privada.
“Las declaraciones patrimoniales y de intereses será públicas salvo los rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución, para tal efecto, el Comité Coordinador (del Sistema Nacional Anticorrupción), a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, emitirá los formatos respectivos, garantizando que los rubros que pudieran afectar los derechos aludidos queden en resguardo de las autoridades competentes”, quedó en el artículo 29.
Con esto no se aceptó la reserva del PAN y del PRD de poner los formatos como se precisan en la plataforma tresdetres.mx. El cambio se rechazó por 59 votos del PRI y el PVEM contra los 51 del PAN y del PRD y una abstención. El PT no votó a pesar de que los legisladores estuvieron en el Pleno.
EMPRESARIOS TAMBIÉN DEBEN PRESENTAR SU 3DE3
Los senadores también avalaron que los empresarios que reciban recursos públicos presenten sus declaraciones patrimonial, fiscal y de interés.
“Cuando un empresario como persona física o jurídicamente colectiva reciba, bajo cualquier relación legalmente establecida, una contraprestación en especie o en pecuniario, se actualiza la obligación de presentar bajo la buena fe y presunción de inocencia, las mismas declaraciones que el servidor público”, se aceptó la madrugada de este miércoles.
LOS CASTIGOS
El cohecho, peculado, desvío de recursos públicos, utilización indebida de información, abuso de funciones, conflicto de interés y la contratación indebida serán las variantes de la corrupción en la que incurran los servidores públicos.
La minuta de la Ley General de Responsabilidades Administrativas se aprobó en el Senado y se envió enseguida a la Cámara de Diputados
Precisa que las faltas administrativas graves de los particulares serán el soborno, participación ilícita en procedimientos administrativos, tráfico de influencias, utilización de información falsa o alterada, colusión, uso indebido de recursos públicos y contratación indebida de ex funcionarios.
Además, las sanciones para funcionarios van desde la suspensión o destitución de empleo hasta la multa de hasta dos tantos de los beneficios obtenidos; mientras que las personas morales pueden quedar inhabilitadas por ocho años para participar en contrataciones públicas y se les podrá disolver su sociedad.
Se considerarán “actos particulares en situación especial vinculados con faltas administrativas graves” cuando los candidatos electorales, miembros de equipos de campaña electoral o de transición pidan algún beneficio para sí, para su campaña electoral o para alguna de las personas cercanas a cambio de otorgar un beneficio al particular cuando se conviertan en servidores públicos.

