¿En qué se basa el castigo de la FIFA?

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¿En qué se basa el castigo de la FIFA?

¿En qué se basa el castigo de la FIFA hacia la Selección Mexicana de futbol? En Capital CDMX te lo explicamos.

La Federación Mexicana de Futbol ha reincidido nuevamente en actos discriminatorios, razón por la que ha sido castigada por la Federación Internacional de Fútbol Asociación.

La FIFA, soporta estas sanciones dentro del Artículo 13, punto 2, de su Código Disciplinario.

En apartado B, se hace presente la sanción de los juegos a puerta cerrada.

En caso de continuar con la ruptura de este código, la siguiente sanción sería:

una derrota por retirada o renuncia, la exclusión de una competición o el descenso de categoría», según se indica en la reglamentación.


¿En qué se basa el castigo de la FIFA?

En los puntos siguientes, en torno a la discriminación, se menciona:

  1. Cualquier persona que atente contra la dignidad o la integridad de un país, utilizando palabras o acciones despectivas por motivos de raza, color de piel, origen étnico, discapacidad, orientación sexual, o por cualquier otro motivo de estatus o razón será sancionada con una suspensión que durará al menos 10 partidos o un periodo determinado, o con cualquier otra medida disciplinaria que se considere adecuada.
  2. Si uno o más seguidores de una federación o un club adoptan la conducta descrita en el apartado 1, podrán imponerse las siguientes medidas disciplinarias a la Federación o al Club responsable:
  • Cuando se trate de la primer infracción, la disputa del partido se efectuará con un número limitado de espectadores, y una multa de al menos 20 000 CFH (francos suizos)
  • Cuando se trate de reincidencias o si las circunstancias del caso lo requieren, medidas disciplinarias como la implementación de un plan de prevención, una multa, la deducción de puntos, la disputa de uno o más partidos a puerta cerrada, la prohibición de jugar en un estadio determinado, una derrota por retirada o renuncia, la exclusión de una competición o el descenso de categoría.
  • El órgano judicial competente podrá citar a las personas que hayan sido objeto directo de la presunta conducta discriminatoria. Y con esto, podrá presentar de manera oral o escrita una declaración sobre las repercusiones que ha tenido el incidente en sus vidas. A esto se le denomina «declaración de impacto sobre la víctima.
  • En caso de que el arbitro decrete que se suspendió el partido por conducta racista y/o discriminatoria, este anunciará la derrota, misma que contará como renuncia o retirada.

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