AMLO promulga cambios en la Ley de Amparo: conoce sus implicaciones

Desde este sábado, la reforma se hará efectiva, iniciando así el plazo de 30 días hábiles estipulados por la ley para presentar una impugnación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El presidente Andrés Manuel López Obrador ha promulgado una reforma a la Ley de Amparo que prohíbe a los jueces detener provisionalmente la implementación de reformas o leyes de aplicación general.

 

Esta reforma se hará efectiva a partir de este sábado, iniciando así un periodo de 30 días hábiles para que pueda ser impugnada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mediante una acción de inconstitucionalidad.

 

«Se reforman los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales», establece el decreto publicado por el presidente López Obrador en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) de este viernes.

 

¿Qué implica la Reforma?

El amparo se solicita cuando alguien considera que las acciones de una autoridad violan sus derechos humanos. Este procedimiento permite que los jueces federales otorguen suspensiones para mantener la situación actual y evitar que continúe el acto presuntamente violatorio.

 

Antes de la reforma, la Constitución permitía excepciones en el artículo 129 para que los jueces concedieran suspensiones si consideraban que la negativa podría causar un mayor daño al interés social. Este párrafo ha sido eliminado.

 

En general, las suspensiones y sentencias de amparo solo benefician al solicitante, ya que protegen derechos humanos de carácter personal. Esto es conocido como el principio de relatividad del amparo.

 

Desde la reforma de 2011 en derechos humanos y la aplicación de tratados internacionales, los jueces han interpretado el artículo 148 para otorgar suspensiones que benefician a toda la sociedad.

 

Durante el actual sexenio, se han concedido suspensiones con efectos generales en casos como la eliminación de fideicomisos y el Plan Nacional de Vacunación durante la pandemia de Covid-19, obligando al gobierno a incluir a menores de 12 a 17 años en la vacunación.

 

Las suspensiones que más incomodaron al gobierno fueron aquellas que detuvieron la implementación de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), la eliminación de fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF), y la Ley Antitabaco. Estas suspensiones tuvieron efectos generales y fueron confirmadas por la Suprema Corte.

 

El argumento para estas suspensiones fue que un trato distinto causaría mayor daño a la sociedad.

 

Por esta razón, la reforma impulsada por los legisladores de Morena añadió un párrafo al artículo 148 de la Ley de Amparo, prohibiendo a los jueces conceder suspensiones con efectos generales contra leyes de aplicación general. En adelante, las suspensiones solo podrán beneficiar a los solicitantes del amparo.

 

«Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales», establece el nuevo párrafo.

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