Ciudad de México.- Aunque la Constitución de la CDMX entrará en vigor hasta el 17 de septiembre de 2018, hay materias que estarán vigentes en momentos distintos, como la electoral, la cual será aplicable a partir del día siguiente de que se publique la norma máxima de la Ciudad, es decir, a partir de hoy lunes 6 de febrero.
La normatividad electoral es la primera que estará vigente, pues de acuerdo con el régimen transitorio de la Constitución capitalina, las leyes relativas a la elección de diputados y de los alcaldes que sustituirán a los actuales delegados serán aplicables a partir del proceso electoral del próximo año.
Ese proceso electoral inicia en octubre de 2017 y, de acuerdo con el presidente de la Comisión de Gobierno de la ALDF, Leonel Luna, la legislación reglamentaria de la Constitución local relacionada con los comicios debe estar lista 90 días antes del comienzo del calendario electoral, es decir en julio próximo, por lo que en este tema los diputados locales deben trabajar a contrarreloj.
En los artículos transitorios primero y segundo de la Constitución local se detallan los tiempos y mecanismos para hacer aplicable el sistema electoral.
Así, se precisa que con excepción de todo lo anterior, la reelección de diputados locales para un solo periodo consecutivo, será aplicable a partir de la elección del 2021.
Este mismo principio aplicará para los futuros alcalde y concejales, quienes podrán ser reelectos hasta por un periodo adicional, a partir del 2021.
Tanto diputados, como alcaldes y concejales solo podrán ser reelectos por una ocasión por el partido que inicialmente los postuló y para el distrito o demarcación en la que desempeñaron el cargo inicial.
Nuevo Congreso
La desaparición de la Asamblea Legislativa del DF, para dar paso a la conformación de un nuevo Congreso local, traerá cambios en la integración del órgano legislativo, como en número de diputados uninominales y plrurinominales. Hasta hoy, la Asamblea se conforma por 66 legisladores, 40 electos por los ciudadanos en las urnas (uninominales) y 26 designados de acuerdo con el porcentaje de los votos alcanzados por los partidos políticos participantes en los comicios (plurinominales o de representación proporcional).
El nuevo Congreso local, que entrará en funciones a partir del 17 de septiembre de 2018, estará conformado por 33 diputados uninominales y 33 plurinominales. Ello obliga a hacer una redistritación local para la Ciudad.
De acuerdo con el artículo transitorio vigésimo primero de la Constitución de la CDMX, el Instituto Electoral de la Ciudad de México realizará las gestiones necesarias para que el Instituto Nacional Electoral lleve a cabo el proceso de redistritación local, para ajustar la geografía electoral a lo que dispone esta Constitución, que será aplicable a partir del proceso electoral 2017-2018.
Las y los diputados integrantes de la VII Asamblea Legislativa del Distrito Federal no podrán ser postulados para integrar la I Legislatura del Congreso de la Ciudad de México.
Las alcaldías
La elección de las alcaldías en el año 2018 se realizará con base en la división territorial actual de las dieciséis demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se precisa en el artículo vigésimo segundo transitorio.
En el mismo ordenamiento se señala que los concejos de las dieciséis alcaldías electas en 2018 se integrarán por el alcalde y diez concejales electos según los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, en una proporción de sesenta por ciento por el primer principio y cuarenta por ciento por el segundo.
Se agrega que la ley electoral determinará las fórmulas para la asignación de concejales por el principio de representación proporcional, de conformidad con el Sistema electoral y las reglas previstas por esta Constitución.
Las y los Jefes Delegacionales electos en el proceso electoral local ordinario del año 2015 no podrán ser postulados para integrar las alcaldías en el proceso electoral local ordinario del año 2018. Los integrantes de las alcaldías iniciarán sus funciones el 1 de octubre de 2018.
División territorial para nuevas alcaldías
De acuerdo con el mismo artículo vigésimo segundo transitorio, una vez concluido el proceso electoral correspondiente a 2018, el Congreso local deberá iniciar el proceso de revisión de la configuración para la división de las demarcaciones, a fin de equilibrar los tamaños poblacionales entre las alcaldías, su territorio, identidad cultural, reconocimiento a los pueblos originarios, factores históricos, infraestructura y equipamiento urbano. Este proceso de revisión deberá concluir a más tardar en diciembre de 2019.



