Ciudad de México.- La Asamblea Constituyente aprobó la noche de este domingo nuevas figuras que formarán parte del ejercicio democrático de la Ciudad, como la reelección de diputados locales, el referéndum para avalar cambios a la Constitución local y solicitar la revocación del mandato de los representantes electos, como legisladores y el jefe de Gobierno.
La reelección de diputados quedó consagrada en el artículo 34, apartado B, numeral 3, en la cual queda establecido que los diputados al Congreso de la Ciudad podrán ser reelectos por un solo periodo consecutivo. La postulación será por el mismo partido que lo postuló la primera vez. Esta redacción modificó el dictamen original que planteaba la reelección hasta por cuatro periodos consecutivos.
La reelección se aprobó con 65 votos a favor y 23 en contra, estos últimos de los legisladores de Morena. Como parte del artículo 34 se aprobó también la integración del futuro Congreso local, que quedará conformado con 33 diputados plurinominales y 33 electos por la vía uninominal.
La revocación.
Sobre la revocación del mandato, quedó establecido que esta será un figura más de la democracia directa consagrada en la futura Constitución. Los ciudadanos tendrán el derecho a solicitar la revocación del mandato de representantes electos cuando así lo demande al menos 10% de las personas inscritas en la lista nominal de electores de la Ciudad.
La consulta para la revocación del mandato sólo procederá una vez, cuando haya trascurrido al menos la mitad de la duración del cargo, de representación popular de que se trate. Los resultados de esa consulta serán obligatorios siempre que participen 40% de los inscritos en la lista nominal y que de éstas el 60% se manifieste a favor de la revocación.
La revocación se aprobó con 60 votos a favor, 23 en contra y 3 abstenciones. Los votos en contra fueron de legisladores del PRI y de Nueva Alianza, quienes acusaron que esta figura es incompatible con la Constitución federal, además de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya generó jurisprudencia al respecto y determinó que eran inconstitucionales las figuras de revocación establecidas en las constituciones de Yucatán y Chihuahua.
Aunque dijo estar a favor de la revocación del mandato, Jaime Cárdenas, de Morena, consideró que era excesivo establecer como requisito el 10% de firmas de los inscritos en el listado nominal pues eso requiere el respaldo de más de 700 mil ciudadanos.
El referéndum
La figura del referéndum quedó esablecida en el artículo 30 apartado C, así como en el artículo 74 numerales 4 y 5.
En el caso del artículo 30 se reconoce el derecho ciudadano a aprobar mediante referéndum las reformas a la Constitución local conforme a lo establecido en el propio artículo 74, así como a las disposiciones normativas de carácter general que sean competencia del Congreso de la Ciudad.
Además, se aprobó que el referéndum podrá solicitarse por al menos cero punto cuatro por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal local, así como por las dos terceras partes de los integrantes del Congreso local.
En el artículo 74 se precisó que sólo el Congreso podrá hacer la declaratoria del inicio del procedimiento del referéndum, el cual se realizará cuando lo establezcan los propios legisladores. Cuando la participación total sea de al menos 30% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal local, el referéndum será vinculante.
Dentro del artículo 74 también se determinó que la Sala Constitucional de la Ciudad, la cual estará subordinada al Tribunal Superior de Justicia, será competente para substanciar y resolver las impugnaciones que se presenten en el desarrollo del referéndum.



