Avanza dictamen que eleva penas por el delito de despojo

Diputados capitalinos avalaron esta tarde en comisiones legislativas un paquete de reformas a diversas leyes que propuso la jefa de Gobierno Clara Brugada, para elevar las penas de prisión contra quien cometa el delito de despojo.

El dictamen, que debe pasar al Pleno del Congreso capitalino para su ratificación, se aprobó por unanimidad con el voto de legisladores de todos los partidos, incluido el PAN, pues al documento se agregaron observaciones que hizo ese grupo parlamentario.

Con la reforma se impondrán de seis a once años de prisión y 200 a mil unidades de medida a quien cometa el delito de despojo.

Así, la pena de cárcel por cometer ese delito se elevará, pues actualmente se castiga con prisión de cinco a diez años y de 100 a 500 unidades de medida.

El dictamen modifica el Código Penal, el Código Civil y la Ley del Notariado para la CDMX.

La pena de cárcel se elevará de siete a 11 años cuando el despojo se cometa contra adultos mayores de 70 años, personas con discapacidad, menores de edad, mujeres embarazadas o pertenecientes a algún pueblo originario y comunidad indígena.

Otras agravantes serán cuando haya vínculo de parentesco entre la víctima y el victimario, cuando participe algún servidor público, así como cuando se suplante la identidad del legítimo propietario o poseedor del inmueble.

También subirá la pena de cárcel cuando este involucrado un notario público, cuando el delito sea cometido por tres o más personas, cuando se utilice documentación falsa o alterada, cuando se trate de un predio ubicado en área natural protegida o se trate de un predio propiedad de la administración pública.

Se agrega un artículo 238 Bis al Código Penal para establecer que se equipara al delito de despojo y se sancionará con las mismas penas a quien a pesar de haber sido requerido por la autoridad competente, mantenga la ocupación sobre el bien inmueble ajeno o bien, continúe impidiendo el disfrute material del mismo.

Este delito se actualiza durante el tiempo que se prolongue la ocupación del inmueble; el uso del derecho real, o el impedimento de aprovechar materialmente el bien inmueble y hasta que la víctima sea restituida en el derecho.

En las modificaciones al Código Civil destaca una refiere al artículo 806 que hablan de presunción de mala fe para cometer el despojo.

Se presumirá la mala fe cuando la posesión derive de un acto jurídico simulado o de un título que el poseedor sabía o debía saber inválido.

También se presumirá la mala fe cuando la posesión derive de un contrato que conste en escritura pública y no se haya inscrito con el fin de obtener un beneficio indebido o perjudicar a un tercero.

Se declarará nulo todo acto jurídico que tenga como fin encubrir un despojo mediante simulación contractual en términos el capítulo respectivo.

En la Ley Notarial se señalan responsabilidades civiles y penales para esos fedatarios, específicamente si realizan actos registrales asentados en escritura pública y que por negligencia o mala fe en la verificación registral o notarial derivan en despojos.

De acuerdo con datos generados por el Gabinete de Despojos creado por Clara Brugada, hasta el pasado 15 de julio se presentaron 2 mil 245 denuncias penales, lo cual representa un 8 por ciento más respecto al mismo periodo de 2024.

El año anterior cerró (enero-diciembre) con 3 mil 643 denuncias, un seis por ciento menos que en 2023, siendo la alcaldía Iztapalapa donde más se registran despojos, con un 14.1 por ciento de los casos, seguida de Cuauhtémoc con 262 denuncias y Gustavo A Madero con 235. 

Se han devuelto 196 inmuebles y se ha incrementado en 50 por ciento ese proceso. 

Alberto Cuenca
Alberto Cuencahttp://cuenquita
Soy reportero del diario y semanario digital Capital CDMX. Fui reportero en diario El Universal y he colaborado en medios como la revista Forbes México, Ruido en la Red, el semanario El Influyente y el canal Capital 21.

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