La Comisión de Movilidad en el Congreso capitalino avaló hoy el dictamen de reforma en materia de micromovilidad que regulará el uso de vehículos como las bicicletas eléctricas y scooters.
Aunque modifica de forma la redacción de la iniciativa que Clara Brugada les envió a finales de mayo pasado, el dictamen respeta el fondo de la propuesta de la mandataria e incluye elementos de una iniciativa similar que hizo el diputado panista Federico Chávez Semerena.
Así, el dictamen incluye íntegramente la reforma de Brugada al artículo 64 de la Ley de Movilidad, para imponer a los dueños de esos vehículos eléctricos contar con licencia de conducir y demás documentación obligatoria.
“Todo conductor de vehículo motorizado en cualquiera de sus modalidades, incluyendo a los motociclistas y personas conductoras de vehículos motorizados eléctricos personales, deberá contar y portar licencia correspondiente al tipo de vehículo para conducir junto con la documentación establecida por esta Ley y otras disposiciones aplicables de acuerdo con las categorías, modalidades y tipo de servicio”, se lee en la reforma.
No obstante, hay un cambio que parece mínimo pero resulta sustancial respecto a la iniciativa de Brugada.
Para imponer la obligación de la licencia de conducir, la jefa de gobierno incluyó un nuevo concepto de Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (Vemepe) en el artículo 9 de la Ley de Movilidad.
En la redacción original se entendía como vehículos motorizados eléctricos personales aquellos que utilizaran manubrio y asiento para su conducción, acelerador independiente, dos o más ruedas y un motor eléctrico cuya velocidad máxima excede los 25 kilómetros por hora.
Originalmente no entraban en esta definición aquellos monopatines o scooters que carecieran de asiento y donde el conductor viajara de pie.
Pero la redacción del dictamen que se aprobó esta tarde elimina las características del manubrio y asiento, es decir, ya entran en la regulación todo tipo de scooters.
A este tipo de vehículos motorizados se les clasificará en tipo A, con peso menor a 35 kilos, y B con peso mayor a 35 kilos y hasta 350 kilogramos.
La reforma incluye un artículo tercero transitorio en donde se señala que la jefa de Gobierno tendrá hasta 360 días, contados a partir de la entrada en vigor de este decreto, para ajustar el reglamento de la Ley de Movilidad y el reglamento de Tránsito.
En una modificación al artículo 12 se agregan garantías de movilidad y prioridad para otros usuarios de la vía, como personas con discapacidad, ciclistas y peatones.
Durante la votación del dictamen, legisladores de Morena, PT y PAN votaron a favor.
Solo hubo un voto en abstención de la legisladora de Movimiento Ciudadano Patricia Urriza, quien anunció que presentará reservas al dictamen, cuando el documento se discuta en el Pleno del Congreso local, lo cual ocurría en un periodo extraordinario a realizarse en dos semanas.



