INE ordena a AMLO abstenerse de difundir propaganda gubernamental

Veronica Macias Reportera y coeditora web

Ciudad de México.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al Presidente de la República que se abstenga de difundir propaganda gubernamental y expresiones de contenido electoral hasta que se celebre la Jornada Electoral del próximo 6 de junio.

El Partido Acción Nacional (PAN) presentó dos quejas en contra de Andrés Manuel López Obrador por las expresiones que el servidor publicó realizó durante sus conferencias matutinas del 5 de abril al 18 de mayo, así como los días 20 y 26 de mayo. El PAN consideró que en ellas se difundió propaganda gubernamental y se realizaron manifestaciones político-electorales dentro del periodo de campaña de los procesos electorales federal y locales en curso, violentado con ello los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad, que deben imperar en la contienda.

También denunció el incumplimiento a la pauta de los canales transmitidos por el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, Canal 11Canal 14 y Canal 22, toda vez que, durante la transmisión de las conferencias matutinas, no se habría difundido la pauta de promocionales ordenada por el INE. Por ello, solicitó como medida cautelar la suspensión de las conferencias matutinas y su difusión en redes sociales y sitios oficiales de internet hasta el 6 de junio.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó al Presidente de la República que, durante las campañas electorales y hasta el día de la jornada a realizarse el próximo 6 de junio, se abstenga de difundir logros de gobierno, incluyendo programas sociales y las personas beneficiarias, obra pública, así como emitir cualquier tipo de manifestación que pueda incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía.

Dentro de esta medida se señalan, de manera enunciativa pero no limitativa: difusión de logros de gobierno o acciones gubernamentales que pretendan exaltar a un gobierno en particular; ejercicio de las prerrogativas de los partidos políticos (financiamiento público y acceso a radio y televisión); vida interna de los partidos políticos nacionales y locales; manifestaciones a favor y/o en contra de candidaturas de partidos políticos e independientes (registro, postulación, entre otras); manifestaciones a favor y/o en contra de frentes, coaliciones electorales, fusiones, alianzas nacionales o locales; manifestaciones a favor y/o en contra de plataformas electorales; o manifestaciones que impliquen la asociación de alguna fuerza política con logros del gobierno.

También, se ordena que se eviten manifestaciones que impliquen la promoción personalizada de algún funcionario de gobierno, precandidatura, candidatura o candidatura independiente; estrategias electorales de cualquier fuerza política nacional o local; encuestas de intención de voto o preferencias electorales; así como cualquier mensaje que busque o genere tener un efecto persuasivo y de influencia en el electorado que pueda poner en riesgo los principios y valores tutelados por nuestra Constitución y el modelo electoral previsto en ella.

Por otra parte, la Comisión estimó improcedente ordenar al Ejecutivo Federal que se suspenda la difusión de las conferencias de prensa matutinas ya que dicho ejercicio, por sí mismo, no contraviene norma o disposición jurídica alguna, declarando también improcedente ordenar que dichas conferencias se dejen de difundir a través de los sitios de internet oficiales.

 

 

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