Van por rentas en redensificación y regulan plataformas de hospedaje

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

El Congreso capitalino recibió y dio trámite para dictaminar un paquete de iniciativas en materia de vivienda en renta y hospedaje, las cuales incrementan la oferta de vivienda de alquiler y elevan la regulación de plataformas digitales para evitar la gentrificación.

Ese paquete de iniciativas llegó al Congreso local a propuesta del jefe de gobierno Martí Batres, quien anunció su contenido hace dos semanas.

RENTA

La primera es una reforma al artículo 26 de la Ley para la Reconstrucción, la cual permite que los departamentos producto de la redensificación y que no han logrado ser comercializados, puedan ser alquilados en tanto se consolida la venta.

La redensificación es un mecanismo de financiamiento para la recuperación de vivienda en beneficio de quienes perdieron su hogar debido al sismo de septiembre de 2017 y consiste en la edificación de departamentos adicionales a los que existían en los predios donde hubo inmuebles dañados o colapsados.

Esos departamentos adicionales se ponen en venta y con el recurso obtenido a partir de la venta se paga la reconstrucción.

Ahora se busca que si no se han vendido se les ponga en renta, bajo el reconocimiento del propio jefe de gobierno en el sentido de que el 80 mil familias al año son expulsadas de la Ciudad por la falta de acceso a una vivienda asequible.

Ese dato viene dentro de su propia iniciativa y en ella se señala que esas 80 mil familias expulsadas se encuentran en los cinco deciles más bajos, es decir que sus ingresos son inferiores a los 15 mil pesos mensuales, pero el costo promedio de la vivienda en renta es de 25 mil 615 pesos.

REGULACIÓN DE HOSPEDAJE

La segunda es una reformas a las leyes de Turismo, Vivienda y Reconstrucción para poner límites de hospedaje a plataforma digitales como Airbnb y booking.com

En la iniciativa de reforma a la Ley de Turismo se pone un tope a los hospedajes mediante este tipo de plataformas.

Es decir, habrá una restricción respecto del porcentaje de hospedaje anual permitido, pues quienes se dedican al hospedaje de manera profesional tienen cierta incertidumbre ya que se podría generar una competencia desigual con aquellos que se dedican al hospedaje de corta estancia.

Así se define un límite de noches permitidas para hospedaje a través de las plataformas.

Se les impedirá su registro en el Padrón de Anfitriones a aquellos inmuebles que hayan tenido ocupación de más del 50 por ciento de las noches del año.

EXCEPCIONES

Adicionalmente, se propone establecer en la Ley de Vivienda y en la Ley para la Reconstrucción lntegral, la prohibición expresa de registrar y ofertar mediante este tipo de plataformas digitales inmuebles destinados a vivienda social.

Tampoco podrán ofertar vivienda construida bajo la aplicación de la Norma de Ordenación 26 e inmuebles reconstruidos con motivo del sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017.

Esas viviendas cumplen con un fin específico, es decir, garantizar el acceso a un hogar digno para personas trabajadoras y/o personas de grupos de atención prioritaria.

Por ello, “ofertar este tipo de vivienda mediante plataformas impide el cumplimiento de este fin social y genera una especie de desplazamiento forzado interno en el que los habitantes de esas colonias se ven obligados a migrar y alejarse de lugares céntricos en su intento por contar con una vivienda más accesible para ellos”, se lee en la propuesta. 

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