En sesión, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Comité organizador del Frente Amplio por México (FAM) debe entregar, en los siguientes 3 días hábiles, la documentación que informe y detalle las razones por las que algunas de las simpatizas recabadas durante el proceso de designación de la persona aspirante a coordinar los trabajos del Frente Amplio por México no fueron validas.
La Sala Superior llevó a cabo la votación este miércoles. Por una resolución de 5 votos a favor y 1 en contra, resolvió el expediente SUP-JDC 334/2023 que la información deberá entregarse en físico. También, en formato legible.
En su determinación, se señaló que la exclusión del senador Miguel Ángel Mancera Espinosa se realizó por medio de un correo electrónico. Sin embargo, no hay constancias de que la documentación que soporta esa determinación se haya puesto a conocimiento del legislador. Resulta importante para su debida defensa.
En ese sentido, Mancera Espinosa señaló que, tal como se expresó en la demanda, el Tribunal Electoral dio la razón al establecer en la sentencia que: “No hay constancias que acrediten la entrega de la documentación que contiene las razones por las que las algunas simpatías registradas no fueron validadas”.
Cabe señalar que este tipo de actos son reparables, tal y como lo reconoció la Sala Superior. Hay que recordar la duración del Frente Amplio por México está vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.
Todo lo anterior, luego de que el legislador federal iniciara un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales. Pues, la depuración de aspirantes del FAM afectó a los emanados del PRD.


