La polémica no para con Sandra Cuevas.
Hoy la Contraloría capitalina informó que le impuso dos sanciones a la alcaldesa en Cuauhtémoc consistentes en la suspensión del cargo, una por 15 días y otra por 30 días.
Cuevas respondió con una tarjeta informativa en la cual aseguró que goza de un amparo contra la resolución de la Contraloría.
Así, dijo que queda sin efecto la suspensión temporal de 30 días que se pretendía aplicar en contra de ella.
El amparo es el 1720/2023 Juzgado 8 de Distrito en Materia Administrativa con lo que queda sin efecto la suspensión temporal de la Alcaldesa de Cuauhtémoc.
LA SANCIÓN
En un breve comunicado fechado este 16 de noviembre la Contraloría detalló que se iniciaron procedimientos de responsabilidades administrativas contra la alcaldesa por faltas no graves.
Estas derivaron del acto de celebración en la explanada de la alcaldía el 1 de octubre de 2021 a propósito de su toma de protesta.
Otro fue por el nombramiento como Director General de Administración de una persona que no cumplía con el perfil establecido en la Ley de Alcaldías.
La Contraloría la impuso a Sandra Cuevas la suspensión del cargo por 15 días naturales derivados del evento de octubre de 2021.
Por designar como director de Administración a una persona que no cumplió con el perfil la suspensión del cargo fue por 30 días.
Además, se sancionó con la suspensión del cargo por 15 días naturales contra el director de Administración, el director de Recursos Humanos, el subdirector de Asuntos Laborales y el jefe de unidad departamental de Movimiento de Personal.
Según la Contraloría, a la fecha las autoridades de la alcaldía se han negado a ejecutar las sanciones correspondientes a la alcaldesa.
LA RÉPLICA DE CUEVAS
En su respuesta a este tema la alcaldía detalló que la notificación de la alcaldía fue recibida en la oficina de la Alcaldesa el 7 de noviembre.
Con fecha 8 de noviembre se interpuso demanda de amparo en contra de los actos del Congreso capitalino, de la persona titular de la Jefatura de Gobierno, del titular de la Secretaría de la Contraloría General y la titular del Órgano Interno de Control en Cuauhtémoc.
Así como de la Resolución que determina la sanción de suspensión de 30 días, siendo que el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa.
Con fecha 15 de noviembre otorgó la suspensión del acto reclamado para el efecto de que la autoridad responsable se abstenga de ejecutar la resolución por la cual se impone la sanción de suspensión del encargo.
“Es importante señalar que se trata de una resolución que carece de la debida motivación y fundamentación.
“Lo cual habrá de resolverse como fondo dentro del juicio de garantías”.
Además, consideró que el Congreso de la Ciudad invadió facultades del Congreso de la Unión al legislar sobre faltas administrativas que no están contempladas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
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