Ciudad de México.- Al aprobar el artículo 34 de la futura Constitución local, la Asamblea Constituyente determinó un tope al monto del presupuesto de lo que será el Congreso capitalino, el cual no deberá superar el cero punto ocho por ciento del presupuesto de egresos de la ciudad.
El incremento del presupuesto anual que solicite y apruebe el órgano legislativo no podrá ser superior a la inflación del ejercicio que concluye.
Se estableció que como parte de sus atribuciones, el Congreso de la Ciudad deberá autorizar las salidas oficiales del territorio nacional del titular de la Jefatura de Gobierno, quien deberá informar y hacer públicas las actividades realizadas, en un periodo no mayor a 15 días naturales posteriores a su regreso al país. Otra de las funciones del Congreso será promover la conformación del Parlamento Metropolitano.
También podrá integrar comisiones para investigar el funcionamiento y la gestión de las dependencias y entidades de la administración pública o los organismos constitucionales autónomos; sus resultados serán públicos.
Además, el Congreso deberá contar con una Oficina Presupuestal, con carácter de órgano especializado con autonomía técnica y de gestión, con la responsabilidad de proporcionar información y estudios objetivos para contribuir al cumplimiento de las responsabilidades de la legislatura sobre temas hacendarios.
Para ajustarse al Sistema Nacional Anticorrupción, el Congreso capitalino, que sustituirá a la actual Asamblea Legislativa, deberá contar con una contraloría interna, cuyo titular será nombrado por las dos terceras partes de sus integrantes.
Se estableció que en su integración, la ley electoral determinará los mecanismos para cumplir con el principio de paridad de género y que la institución se regirá por los principios de parlamento abierto. Las diputadas y diputados establecerán mecanismos de audiencia y rendición de cuentas que garanticen su responsabilidad frente al electorado.



