Pemex era un monopolio constitucional antes de la Reforma Energética: SCJN?

Ciudad de México.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a Petróleos Mexicanos en contra de la sanción por prácticas anticompetitivas que le impuso la entonces Comisión Federal de Competencia, pues la sanción es por hechos ocurridos antes de la reforma energética del 2013.

La Sala resolvió que los actos por las que Pemex fue multada, transporte de gasolina y diésel hacia las gasolineras, denominada  “venta atada”, constituyen actividades que en ese momento formaban parte de un monopolio constitucional autorizado, por lo que no estaba sujeta a sanciones  por el organismo regulador.

 

Tras analizar el texto constitucional vigente en el momento en que se realizaron los actos, la Sala determinó que Pemex era entonces un monopolio constitucional y, por tanto estaba facultada para realizar la exploración, explotación, refinación, almacenamiento, distribución, venta y transporte en dicha área estratégica, a través de sus trabajadores que se encuentran agrupados en un sindicato.

 

Dichas disposiciones fueron modificadas  a través de la reforma constitucional en materia energética de 2013, a partir de la cual Pemex se convirtió en una “empresa productiva del Estado”, lo que implica que ya no es monopólica en ciertos sectores, como el de transporte de combustibles, entre otros.

 

 “Debido a este nuevo marco regulatorio se da base a un nuevo esquema de contratos de franquicia y suministro de gasolinas y diésel, en los que Pemex ya no puede imponer modalidades para la entrega de los combustibles; esto implica que los interesados ya pueden, si es de su interés, contratar libremente el transporte de combustibles a sus estaciones de servicios, en igualdad de condiciones que se exigen a Petróleos Mexicanos”, estableció la Sala.

 

En la resolución, se destacó que el nuevo régimen en materia de hidrocarburos solamente contempla como áreas estratégicas la exploración y extracción del petróleo, a diferencia del marco regulatorio anterior, en el que se englobaban el resto de actividades realizadas por Pemex.

Con esta resolución, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirma el sustento constitucional del nuevo marco regulatorio aplicable a Pemex, así como la apertura del sector energético en materia de competencia económica.

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