Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó a 17 miembros de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) el amparo que calificaba como violación a los Derechos Humanos la revocación de actividades a quienes reprueben la evaluación docente en tres ocasiones.
El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea declaró constitucional la reubicación de los maestros que no logren aprobar, lo cual se sustentó en la Ley General del Servicio Profesional Docente. Así, la sentencia se volvió obligatoria.
Para la emisión del veredicto se obtuvieron la mayoría de votos a favor.
Los ministros José Ramón Cosío y Norma Lucía Piña votaron en contra, pues consideraron que el amparo corresponde a una norma laboral, por lo que debe ser atendido por la Segunda Sala de la Corte.
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