Negocios de Xochimilco deberán hacer pública la fuente donde extraen agua

Ciudad de México.- El Sistema de Aguas de la Ciudad de México (Sacmex) debe dar a conocer cuáles son las fuentes de agua o pozos que abastecen a cinco establecimientos mercantiles ubicados en la demarcación Xochimilco.     

El Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO) dio la orden en Sesión Ordinaria al aprobar por unanimidad de votos el proyecto de resolución a cargo de la Ponencia de la Comisionada Ciudadana María del Carmen Nava Polina, en el que una persona solicitante requirió información sobre cómo obtienen el suministro del agua los comercios Plaza Terrazas Arenal, SUPAN, Chedraui de Santiago Tepalcatlalpan, Chedraui de Santiago Tulyehualco y LECAROZ”

El Sujeto Obligado respondió que la Infraestructura del Sistema Hidráulico del Sacmex es información considerada de acceso restringido; explicaron que las redes primaria y secundaria, instalaciones, características, ubicaciones de los tanques de almacenamiento y regulación, plantas de bombeo, pozos de agua potable, garzas y plantas potabilizadoras, colectores, rebombeos de aguas residuales y pluviales, pasos a desnivel, presas y causes, plantas de tratamiento de agua residual tratada, diámetros y caudales, están en dicha denominación.

Asimismo, agregaron, también es información restringida todos los documentos, programas, planos, mapas, opiniones técnicas, bitácoras, diagramas, contratos, convenios, estudios, proyectos, factibilidad de servicios, sistemas alternativos que contengan ubicaciones, información o características estratégicas de la infraestructura hidráulica del Sacmex para la provisión de servicios de agua potable, drenaje profundo y agua residual tratada a las 16 alcaldías de la Ciudad de México.

Las autoridades del órgano desconcentrado argumentaron que bajo estas circunstancias, “el daño que puede producirse con la publicidad de la información es mayor que el interés público de conocerla”. Por ello, se trata de evitar cualquier riesgo, amenaza, manipulación, secuestro, inhabilitación, destrucción, sabotaje, bloqueo de tuberías, para afectar los servicios de agua, así como riesgos o alteraciones en la salud de los habitantes de esta Ciudad de México, indicaron.

La persona solicitante se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INFO en el que cuestionó que toda la información relacionada con la infraestructura del Sistema Hidráulico del Sacmex sea de acceso restringido. Los datos referentes a los pozos de agua potable, diámetros y caudales no deben ser limitados, subrayó.

Aclaró que en ningún momento se solicitó la ubicación de los pozos; se pidió conocer de qué fuentes de agua se abastecen los establecimientos mercantiles y las autoridades del Sacmex ya habían proporcionado información de ese tipo en otra solicitud.

Admitido el recurso de revisión fue turnado a la Ponencia de la Comisionada Ciudadana María del Carmen Nava Polina la cual corroboró que en otra solicitud de información el Sujeto Obligado ya había entregado datos sobre los litros por segundo de agua potable de todos los pozos en la demarcación Xochimilco.

En esa respuesta el Sujeto Obligado proporcionó una base de datos con el registro de gastos mensuales de fuentes propias en la demarcación durante el año 2018.

Por lo tanto, el agravio interpuesto por la persona recurrente es fundado y en consecuencia, las autoridades del Sacmex deben realizar una búsqueda exhaustiva en sus archivos, dar una nueva respuesta y entregar la información que le fue requerida.

 

 

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