Impugnará Encinas la ley electoral que aprobó la ALDF, por integración del Congreso local

Alberto-Cuenca.capital-cdmx.org
Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Ciudad de México.- El impugnado se convertirá ahora en impugnador. Por considerar que se trata de un error que contraviene la Constitución de la CDMX, el ex presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea Constituyente, Alejandro Encinas, interpondrá una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 27 del Código Electoral aprobado la semana pasada por la Asamblea Legislativa del DF (ALDF).

La acción de inconstitucionalidad se promoverá exclusivamente contra el contenido de ese artículo del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la CDMX, en el cual se establece que en el futuro Congreso capitalino ningún partido político podrá contar con más de 33 diputados electos por los principios de mayoría relativa y representación proporcional, lo que cierra la posibilidad a cualquier instituto político para contar con la representación mayoritaria en el órgano legislativo.

La Constitución capitalina estableció que el Congreso de la Ciudad, el cual sustituirá a la ALDF a partir de 2018, se integrará por 33 diputados por el principio de mayoría relativa, es decir, que llegarán por el voto directo de los ciudadano, y otros 33 por el principio de representación proporcional o plurinominales, que llegarán en función del porcentaje de votos obtenidos por el partido político postulante.

“No se puede impedir que una fuerza política tenga mayoría, que un partido político que llegue a tener el 60% de la votación sólo tenga el 50% de los diputados locales”, dijo Encinas al anunciar esa acción de inconstitucionalidad.

Agregó que a más tardar el próximo viernes presentará ese recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pues al tratarse de un asunto de índole electoral es primordial que pueda resolverse antes de que inicie el proceso comicial en la capital del país. "Esta misma semana  lo haremos justamente por los temas electorales y en este tema se hará del conocimiento de todos los grupos parlamentarios en la Constituyente", dijo.

Explicó que en la Constitución de la Ciudad de México se estableció el derecho a la asignación de diputados por la vía de la representación proporcional para todas las fuerzas, sin limitación.

Rechazó que en la ALDF haya existido dolo o mala fe en la redacción de ese artículo 27. “Sí creo que hubo un error al establecer un máximo de 33 diputados para tener la fuerza mayoritaria, cuando esta puede tener una votación muy superior a 50%, que ya ha pasado en la Ciudad”, dijo el también senador.

El planteamiento del ex presidente de la Asamblea Constituyente para impugnar esa parte del Código electoral local es que en la Constitución capitalina se buscó garantizar el mayor acercamiento a la representación proporcional plena, a fin de que exista un equilibrio real  de acuerdo al peso de cada partido político en la capital del país, y no haya una sobrerrepresentación ni subrrepresentación en el Congreso de la Ciudad.

Qué dice la Constitución de la CDMX

La semana pasada Capital CDMX dio a conocer que en la aprobación de la ley electoral, la ALDF  decidió modificar conceptos y principios relacionados con la integración del futuro Congreso de la Ciudad que contravienen la Constitución Política capitalina.

De una revisión al decreto aprobado por los diputados y comparado con la norma máxima de la capital del país, se detectó que en contravención a lo establecido en la Constitución local los asambleístas redujeron,  de 40 a 33, la cantidad máxima de diputados uninominales y plurinominales a los que un partido político tiene derecho en el futuro Congreso de la Ciudad, lo que impedirá que cualquier instituto político alcance la mayoría simple (34 diputados) en el órgano legislativo.

Sin embargo, en el artículo 29 de la Constitución capitalina se precisa que para la asignación de curules por el principio de representación proporcional se observará que ningún partido podrá contar con más de 40 diputaciones electa por la vía uninominal y plurinominal, sin embargo, los diputados de la ALDF determinaron en el artículo 27 del Código electoral  que sean 33 el número máximo de diputados por ambos principios.

 

Imprimir artículo Síguenos en Google News

Post más visitados en los últimos 7 días