Divergen sobre identidad de Beltrán Leyva para extraditarlo

Ciudad de México.- Héctor Beltrán Leyva, obtuvo un amparo para que el juez que avaló su extradición a los Estados Unidos ordene a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) que subsane las deficiencias en el expediente de requerimiento.

A través del juicio 1121/2016, el Juzgado Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México determinó conceder al quejoso la protección de la justicia federal, contra el acuerdo administrativo de fecha 26 de septiembre de 2016, dictado por la SRE, en el que concede la extradición del quejoso.

Con ello, el secretario de Relaciones Exteriores, Luis Videgaray, deberá dejar insubsistente el acuerdo, dictado en el expediente de extradición mediante el cual concedió el traslado.

“Devuelva el expediente al Juez Octavo de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, quien deberá reponer el procedimiento a partir del auto dictado el 11 de agosto de 2016, en el que consideró innecesario llevar a cabo una junta de peritos y, en su caso, designar un perito tercero en discordia, a fin de que lleve a cabo el trámite previsto en el artículo 236 del Código Federal de Procedimientos Penales”. 

“Una vez hecho lo anterior, pueda emitir la opinión jurídica que corresponde a ese órgano jurisdiccional, lo que implica que dicho juzgador deje insubsistente la opinión jurídica de fecha 29 de agosto de 2016”, dice el resolutivo segundo de sentencia.

Después haber reparado los agravios de los que se quejó Beltrán Leyva, sin mayores problemas se deberá continuar con el trámite correspondiente al procedimiento de extradición y, con plenitud de jurisdicción, emita la opinión jurídica correspondiente.

“Es importante señalar que el amparo otorgado al quejoso no se traduce en la libertad de éste, precisamente porque no existe un pronunciamiento de fondo respecto de la procedencia o improcedencia de la petición de extradición formulada”, informó el Consejo de la Judicatura Federal.

La sentencia es extensiva, en el ámbito de su responsabilidad, al procurador General de la República y al director del Centro Federal de Readaptación Social número 1"Altiplano…”.

Beltrán Leyva se quejó de la diferencia de resultados de los análisis periciales para confirmar su identidad como persona reclamada en extradición, lo que se traduce en una violación procesal, ya que el juez instructor no siguió el procedimiento que establece el artículo 236 del Código Federal de Procedimientos Penales para el caso de conclusiones periciales divergentes.

“En el caso particular, tal divergencia radica, esencialmente, en que para un especialista no existen elementos técnicos prácticos ni científicos suficientes para realizar cualquier tipo de identificación, pues las fotografías digitales anexadas a la petición formal de extradición no son originales, y respecto a la ficha antropométrica que consta en autos es obsoleta para esos fines, entre otras cosas”.

Mientras que para el otro experto sí resultaron suficientes las constancias que obran en autos para llevar a cabo el dictamen pericial y concluir que la persona solicitada por el Gobierno de Estados Unidos, y quejoso son la misma persona.

Beltrán Leyva es reclamado en extradición por el Gobierno de los Estados Unidos para ser procesado en la Corte Federal de Columbia, dentro del proceso superveniente con el número de causa 04-cr-256, por su presunta responsabilidad en delitos relacionados con la delincuencia organizada.

 

 

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