Constitución democrática de la Ciudad de México

Ciudad de México.- La Asamblea Constituyente aprobó  la primera Constitución Política de la Ciudad de México, cumpliendo así, el mandato recibido de parte del Congreso de la Unión para establecer las normas y las garantías para el goce y protección de los derechos humanos de sus habitantes. 

La reforma política de 2016 modificó y derogó diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para dotar a la ciudad de autonomía en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización política y administrativa, adquiriendo plenamente sus derechos como parte integrante de la Federación.

Somos la entidad federativa del país sede de los Poderes de la Unión y, al mismo tiempo, la Capital de la República. La nueva Constitución Política no podrá ser vetada por ninguna autoridad y será remitida de inmediato para que, sin más trámite, se publique en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial CDMX. Los integrantes de la Asamblea Constituyente discutimos y elaboramos una Constitución Política que entregamos en tiempo y forma a la Ciudad de México.

Los contenidos que caracterizan a la Norma Suprema de nuestra metrópoli tienen como principio rector la dignidad humana y los derechos humanos, la autodeterminación de la persona, la igualdad y la no discriminación. Garantiza las libertades de reunión, asociación y expresión individual y colectiva, así como el derecho a la participación ciudadana en materia ambiental y la protección de los animales como seres sintientes.

Instituye un sistema de planeación y evaluación para el ordenamiento territorial y una gestión sustentable del agua que no podrá ser privatizada. Reconoce la función social del suelo y señala como prioridad la coordinación regional y metropolitana.

Define los deberes de las personas, los mecanismos de la democracia directa y de la ciudadanía universal, al tiempo que determina un articulado sistema de nulidades en materia electoral, estableciendo que la violencia política de género, la compra o coacción del voto, el empleo de programas gubernamentales y el desvío de recursos públicos son causales de nulidad de una elección.

Se democratiza el Poder Judicial dotando de autonomía al Consejo de la Judicatura y estableciendo que la designación de sus integrantes corresponderá a un Consejo Judicial Ciudadano. Se crea una Sala Constitucional permanente al interior del Tribunal Superior de Justicia para garantizar la defensa, integridad y supremacía de la Constitución Política de la Ciudad de México.

Otra importante innovación son las Alcaldías y sus Concejales como órganos político-administrativos de las diferentes demarcaciones territoriales, así como el correspondiente Cabildo de la Ciudad que funcionará como un órgano de planeación, coordinación, consulta y ejecución de las acciones gubernamentales. No menos importante es el reconocimiento de los derechos colectivos de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes. Estas normas solamente podrán ser abrogadas o modificadas mediante referéndum.

La Constitución representa la columna vertebral de una comunidad políticamente organizada, ella incorpora las normas para la producción del derecho y las reglas para la convivencia social como resultado de una cultura crecientemente democrática que debemos mantener y preservar.

Correo: [email protected]

Twitter: @isidrohcisneros

 

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