Así quedó aprobado en lo general y en lo particular el artículo 17 de la Constitución CDMX

Ciudad de México.- La Asamblea Constituyente aprobó en lo general y en lo particular el artículo 17, relacionado con el derecho a la Ciudad. El artículo reconoce y garantiza el derecho de los capitalinos al uso equitativo de la misma, con base en los principios de justicia y diversidad, entre otros.

También consagra que es un derecho colectivo que garantiza el ejercicio pleno de los derechos humanos y asegura la justicia territorial, inclusión social y distribución equitativa de bienes públicos. El artículo se aprobó con 67 votos a favor y tres en contra.

Aunque los grupos parlamentarios de Morena y del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) presentaron diversas reservas de modificación, los constituyentes determinaron mantener el texto en los términos del dictamen presentado por la Comisión de Carta de Derechos.

El diputado del grupo parlamentario Constitucionalista, Porfirio Muñoz Ledo, señaló que todo el proyecto de Constitución fue construido sobre la idea del derecho a la ciudad, y por ello, la estructura responde a títulos como Ciudad democrática, Ciudad educadora o solidaria.

Jaime Cárdenas, de Morena, se pronunció en contra del artículo y señaló que el texto no reconoce el derecho de las generaciones futuras que habitarán la capital del país; mientras que de la bancada del PRI, habló Cynthia López, en favor, y sostuvo que con este artículo aparece la posibilidad de habitar una ciudad que ofrezca un espacio digno para vivir .

El siguiente es el artículo aprobado en lo general y en lo particular:

Artículo 17

Derecho a la ciudad

1. La ciudad de México garantiza el derecho a la ciudad que consiste en el uso y el usufructo pleno y equitativo de la ciudad, fundado en principios de justicia social, democracia, participación, igualdad, sustentabilidad, de respeto a la diversidad cultural, a la naturaleza y al medio ambiente.

2. El derecho a la ciudad es un derecho colectivo que garantiza el ejercicio pleno de los derechos humanos, la función social de la ciudad, su gestión democrática y asegura la justicia territorial, la inclusión social y la distribución equitativa de bienes públicos con la participación de la ciudadanía.

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