Más castigos para quien cometa despojos y se valga de fraude procesal, propone Brugada

Durante su primer informe de labores ante diputados, la jefa de Gobierno Clara Brugada entregó al Congreso capitalino una iniciativa de reformas en materia de prevención del delito de despojo, la cual contempla de seis a once años de prisión y 200 a mil unidades de medida a quien cometa ese ilícito.

La pena de cárcel por cometer ese delito se elevará, pues actualmente se castiga con prisión de cinco a diez años y de 100 a 500 unidades de medida.

El documento de la iniciativa, del que Capital CDMX tiene una copia, modifica el Código Penal, el Código Civil y la Ley del Notariado para la CDMX.

En la iniciativa se precisa y agrega que comete el delito de despojo quien por medio de violencia física o moral, el engaño, la simulación de actos jurídicos, la suplantación de identidad o furtivamente ocupe un inmueble ajeno, haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca o impida el disfrute material de un bien inmueble ajeno.

La pena de cárcel se elevará de siete a 11 años cuando el despojo se cometa contra adultos mayores de 70 años, personas con discapacidad, menores de edad, mujeres embarazadas o pertenecientes a algún pueblo originario y comunidad indígena.

Otras agravantes serán cuando haya vínculo de parentesco entre la víctima y el victimario, cuando participe algún servidor público, así como cuando se suplante la identidad del legítimo propietario o poseedor del inmueble.

También subirá la pena de cárcel cuando este involucrado un notario público, cuando el delito sea cometido por tres o más personas, cuando se utilice documentación falsa o alterada, cuando se trate de un predio ubicado en área natural protegida o se trate de un predio propiedad de la administración pública.

Esas son las reformas más destacadas al Código Penal, pero también hay modificaciones al Código Civil que hablan de presunción de mala fe para cometer el despojo.

Así, se presumirá mala fe cuando la posesión derive de un acto jurídico simulado o de un contrato de compra-venta no inscrito en Registro Público con el fin de obtener un beneficio indebido.

En la reforma que entregó Brugada al Congreso se establece que se declarará nulo todo acto jurídico que tenga como fin encubrir un despojo mediante simulación contractual.

En la Ley Notarial se señalan responsabilidades civiles y penales para esos fedatarios, específicamente si realizan actos registrales asentados en escritura pública y que por negligencia o mala fe en la verificación registral o notarial derivan en despojos.

En la exposición de motivos de la iniciativa Brugada advirtió que en la Ciudad hay al menos 500 carpetas de investigación abiertas por el delito de despojo, lo cual demuestra su magnitud institucional.

Además, expuso la necesidad de reformar el Código Civil en su artículo 806, pues tiene vicios de redacción que afectan a la víctima y la dejan en la indefensión. 

Esto es porque en la redacción actual se privilegia la posesión de buena fe aún cuando el título sea producto de una simulación, fraude o falsificación.

Además, la carga probatoria recae en la víctima o en quien denuncia la mala fe, lo que resulta en procesos largos y costosos para la víctima.

Alberto Cuenca
Alberto Cuencahttp://cuenquita
Soy reportero del diario y semanario digital Capital CDMX. Fui reportero en diario El Universal y he colaborado en medios como la revista Forbes México, Ruido en la Red, el semanario El Influyente y el canal Capital 21.

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