La dirigencia nacional de Morena lanzó la convocatoria para designar a sus candidatos a diputados en los Congresos locales, presidencias municipales, alcaldías, concejalías, así como miembros de los ayuntamientos en los 32 estados del país.
De acuerdo con la convocatoria, la Comisión Nacional de Elecciones de ese partido garantizará la postulación final paritaria, es decir, hombres, mujeres y cualquier otra expresión o identidad de género.
PLAZOS
Para el caso específico de la CDMX, el registro de aspirantes a alcaldes, concejales y diputados locales uninominales y plurinominales será del 13 al 15 de noviembre.
Luego, la Comisión Nacional de Elecciones revisará las solicitudes de inscripción, valorará y calificará los perfiles, y sólo dará a conocer las solicitudes de inscripción aprobadas.
La intención es que el 3 de enero de 2024 esa Comisión publique la relación de solicitudes de registro aprobadas de las y los aspirantes a las candidaturas establecidas.
Se pretenden que a más tardar el 15 de febrero de 2024 se tengan ya a las personas candidatas a diputaciones locales, alcaldías y concejales.
Sólo las personas firmantes de las solicitudes de inscripción aprobadas por la Comisión Nacional de Elecciones podrán participar en las siguientes etapas del proceso.
Las personas interesadas no podrán inscribirse para distintos cargos de elección popular, es decir, tendrán impedido registrarse para ser candidatos a alcaldes y al mismo tiempo buscar una diputación.
Las personas militantes y simpatizantes del PT y del PVEM pueden solicitar su inscripción en su calidad de externos.
PROHIBICIONES
En la convocatoria se señalan una serie de prohibiciones a las cuales deben sujetarse los aspirantes, aunque ha quedado demostrado que dichas restricciones son meramente testimoniales pues en los hechos no se cumplen.
Así, queda prohibido el uso de campañas dispendiosas y anuncios espectaculares de procedencia desconocida; uso de recursos públicos de cualquier naturaleza; intervención de servidores públicos en favor o en contra de participantes.
Tampoco podrán hacer uso de programas sociales, condicionamientos o coacción en favor o en contra de participantes.
ENCUESTAS
La convocatoria establece el método de encuestas para designar candidatos a diputaciones por el principio de mayoría relativa, así como para alcaldes y concejales que emanan de una elección popular directa.
Así, la Comisión Nacional de Elecciones aprobará hasta un máximo de 4 registros por candidatura.
En caso de que se apruebe un solo registro para la candidatura respectiva, se considerará como único y definitivo.
De aprobarse más de un registro y hasta cuatro por parte de la Comisión Nacional de Elecciones, las personas aspirantes se someterán a una encuesta y/o estudio de opinión realizado por la Comisión de Encuestas.
Ese sondeo podrá contar con dos encuestas espejo realizadas por empresas de reconocido prestigio.
La Comisión Nacional de Elecciones, en todo momento, podrá determinar la inclusión de más aspirantes en la encuesta.
PLURINOMINALES
En la convocatoria también se señalan reglas para definir las listas de candidaturas plurinominales a diputaciones locales.
Para esos casos los candidatos se seleccionarán de acuerdo con el método de insaculación, es decir, se extraerán de una bolsa, una esfera o una urna nombres o números al azar para realizar un sorteo.
Para tal efecto, se abrirá el registro a toda la militancia del ámbito territorial electoral correspondiente.
Las listas de candidaturas por el principio de representación proporcional incluirán un 33% de externos que ocuparán la tercera fórmula de cada tres lugares.
Cada persona que resulte insaculada se ubicará secuencialmente en orden de prelación de la lista correspondiente.
La primera persona que salga insaculada ocupará el primer lugar disponible y así sucesivamente hasta completarla.
Para garantizar los derechos y la representación de los grupos prioritarios por acción afirmativa, se harán los ajustes correspondientes y la reserva de los espacios por parte de la Comisión Nacional de Elecciones.



