Diputados le conceden otro capricho legislativo a Sheinbaum, la Ley de Publicidad Exterior

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Los diputados locales se preparan para concederle otro capricho legislativo a Claudia Sheinbaum, ahora con la propuesta de Ley de Publicidad Exterior de la CDMX.

Luego de que legisladores de la 4T avalaron la reforma electoral impuesta por la jefa de gobierno, diputados de todos los partidos se reunieron en comisiones.

Ahí y en menos de una hora avalaron el dictamen de Publicidad Exterior.

Con el dictamen aprobado en comisiones, los legisladores están listos para ratificarlo el próximo lunes 30 de mayo en la reunión del Pleno.

Así las ultimas sesiones del Pleno en el Congreso local estarán dedicadas a sacar adelante la agenda legislativa de la mandataria capitalina.

PUBLICIDAD EXTERIOR

El pasado 11 de mayo, el secretario de Gobierno Martí Batres entregó al Congreso local la iniciativa de Ley de Publicidad Exterior.

Capital CDMX dio cuenta del contenido de la propuesta, la cual genera un condescendiente esquema de facilidades para la publicidad en vialidades primarias.

La iniciativa incorpora y extiende definiciones legales como el de “corredor publicitario”.

Con el nuevo concepto se abre el abanico para que empresarios del sector puedan instalar medios publicitarios en vialidades primarias que hasta ahora no estaban permitidos.

En la actual ley de Publicidad Exterior sólo se permiten anuncios autosoportados unipolares y adheridos a muros ciegos de propaganda comercial en inmuebles de propiedad privada que se localicen sobre vías primarias.

Con la propuesta de Sheinbaum, podrán instalarse medios publicitarios en vallas, tapiales y carteleras en muros ciegos de planta baja.

También en bajo puentes, pasos a desnivel, túneles, conexiones elevadas interurbanas, así como aquellos que autorice la Seduvi en esas vialidades.

Se crea en el capítulo 4 el concepto de “equipamiento auxiliar de transporte”, para permitir la instalación de publicidad en “accesorios directos e indirectos que resulten complementarios a la prestación del servicio de transporte público de pasajeros y de carga”.

Ese equipamiento está sobre todo en los parabuses y estaciones o terminales de ascenso y descenso de pasajeros.

RECLASIFICACIÓN

La iniciativa de Sheinbaum elimina del catálogo la clasificación e identificación que actualmente existe de los anuncios.

Es decir, desaparecen los conceptos de anuncios adosados, denominativo, de neón, de patrocinio, de propaganda, de proyección óptica, de azotea, tapiales, inflables, entre otros.

Sólo permanece el concepto de “anuncio autosoportado”, aunque con una nueva definición.

Ahora se entenderá como el medio publicitario o de gran formato que cuenta con estructura y soporte propios, también conocido como “anuncio espectacular”.

En una definición general se crea el concepto de “medio publicitario”.

Será entendido como cualquier elemento material, con o sin estructura de soporte, por cual se difunda un mensaje explícito o implícito.

Una definición nueva en esta ley es la de “riesgo inminente”.

Ese riesgo será determinado por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos.

La dependencia considerará la realización de acciones inmediatas por existir altas probabilidades de que se produzcan daños o pérdidas.

CONTENIDO

En el proyecto de ley se establece que las personas físicas y morales dedicadas a la industria de la publicidad contarán con un año, a partir de la entrada en vigor de esta Ley, para retirar los anuncios que se encuentran en las azoteas.

“No habrá prórroga al respecto. En caso de que no se retiren estas estructuras, además de las sanciones económicas y administrativas que esto implica, no se podrán obtener permisos para instalar anuncios con otras modalidades

“También se deberá pagar al Gobierno el retiro que se haga de las propias estructuras”, advirtió el secretario de Gobierno al entregar la iniciativa en el Legislativo local.

También se busca que las modalidades de publicidad se sustituyan paulatinamente por modalidades seguras.

No se permitirá la instalación de nuevos anuncios autosoportados o unipolares, y estará prohibida la colocación de publicidad con iluminación o pantallas en bajopuentes.

CAMBIOS

Durante la reunión de la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana, el diputado presidente de la misma Víctor Hugo Lobo, anunció algunos cambios a la iniciativa de Sheinbaum.

Planteó la modificación al artículo 7, relativo a las atribuciones de la Secretaría y relacionado con la determinación de los ‘corredores publicitarios’.

Al igual que el artículo 15, referente a la prohibición de algunos medios publicitarios.

Otra modificación fue al artículo 38 sobre la instalación de medios publicitarios denominativos de una superficie mayor a los 5 metros cuadrados.

En esos casos se deberá obtener licencia ante la alcaldía correspondiente.

El diputado Jesús Sesma Suárez sugirió la modificación del artículo 6.

La redacción quedará:

“El contenido de la propaganda electoral se regirá por las disposiciones de las leyes electorales”.

La actual redacción es contradictoria porque por un lado dice que se regirá por la normatividad de la ley en la materia, y por otro lado plantea que se sujetará a lo previsto por esta ley.

 

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