Cita Comisión Permanente a sesión presencial

Senado aprueba reforma a Ley General de CS
Veronica Macias Reportera y coeditora web

Cita Comisión Permanente a sesión presencial. La Mesa Directiva citó a la sesión plenaria de la Comisión Permanente, en modalidad presencial.

El objetivo es que este miércoles 18 de agosto, los legisladores puedan aprobar un periodo extraordinario en el Congreso de la Unión. 

En el citatorio, se modifica la modalidad de la sesión plenaria, la cual se tenía contemplada llevar a cabo a distancia.  

“De conformidad con lo dispuesto con los resolutivos Primero, Segundo, Cuadragésimo Sexto y demás aplicables del Acuerdo de la Mesa Directiva.

«Se modifica la modalidad de la sesión plenaria a la que se convocó para el miércoles 18 de agosto de 2021”. 

«Con fundamento en los artículos 121 de la Ley Orgánica del Congreso General y 174 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General.

«Se cita a sesión plenaria en su modalidad presencial, el miércoles 18 de agosto de 2021, a las 11:00 horas, en el Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores”. 

 Este lunes, comisiones unidas del Senado aprobaron el proyecto de dictamen por el que se expide la Ley Federal de Revocación de Mandato.

Fueron seis las iniciativas de ley reglamentaria de la revocación de mandato presentadas.

Cita Comisión Permanente a sesión presencial

Entre otros legisladores, por la senadora Claudia Ruiz Massieu, del PRI; Monreal Ávila, de Morena; Damián Zepeda, del PAN, y Dante Delgado, de MC.

El dictamen expone que la revocación de mandato del presidente será realizada por el Instituto Nacional Electoral (INE) a petición de los ciudadanos.

Y deberán cumplir con el 3% de los inscritos en la Lista Nominal, siempre y cuando, la solicitud la presenten ciudadanos de 17 entidades federativas.

Lo anterior como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas.

La solicitud de revocación podrá ser hecha por el propio presidente, el 33 por ciento de los integrantes de las Cámaras de Diputados o de Senadores.

O por el tres por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal.

Para que la revocación de mandato sea válida debe participar el 40 por ciento de las personas inscritas en la Lista Nominal.

Cuyo porcentaje equivaldría a aproximadamente 37 millones de electores 411 mil electores.

Sí los resultados indican que procede la revocación de mandato, la persona titular de la Presidencia se entenderá separada definitivamente del cargo.

Ello una vez que el Tribunal emita la declaratoria de revocación.

Si el titular del Ejecutivo es removido, la Presidencia del Congreso de la Unión asume de manera interina el gobierno federal.

Y el Poder Legislativo tendrá 30 días para nombrar un nuevo presidente que concluya el mandato.

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