Aprueban Ley Ingrid en el Estado de México. El Congreso del Estado de México aprobó por unanimidad la Ley Ingrid, que establece como tipo penal el delito de difusión indebida de imágenes o información de víctimas.
Las comisiones de Procuración y Administración de Justicia y Especial para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Feminicidio y Desaparición aprobaron sanciones de hasta con seis años de prisión.
La ley Ingrid, castigará a quien difunda, comparta o reproduzca imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos.
Las reformas al Código incorporan hasta ocho años de prisión si el delito es cometido por servidores públicos.
También incorpora agravantes cuando sea en perjuicio de niñas, adolescentes o mujeres.
Lo anterior, con el fin de inhibir este tipo de conductas y respetar a los muertos, además de resguardar las investigaciones penales.
Aprueban Ley Ingrid en el Estado de México
“No se puede seguir lucrando con la dignidad y la integridad de las víctimas y sus familiares.
«La revictimización no puede volverse costumbre”, dijo la diputada Beatriz García Villegas.
Se incorporaron agravantes cuando la información difundida constituya una posible lesión a la dignidad o a la memoria de las víctimas directas o indirectas.
Las penas previstas se incrementarán hasta en una tercera parte, cuando se trate de un servidor público o integrante de cualquier institución de seguridad pública o de impartición o procuración de justicia.
Aprueban Ley Ingrid en el Estado de México. Se adicionó el artículo 227 Bis al Código Penal del Estado de México que establece que “se le impondrán de 3 a 6 años de prisión y multa por un importe equivalente de 50 a 100 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización”.