Elevan penas de cárcel por secuestro y violación cometidos en taxis, Uber o cualquier medio transporte

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Ciudad de México.-El Pleno del Congreso capitalino aprobó hoy por unanimidad una reforma a los artículos 160 y 162 del Código Penal para incrementar las penas de cárcel en el caso de delitos como la privación ilegal de la libertad y las agresiones sexuales que se cometan en el transporte público o en vehículos solicitados a través de aplicaciones telefónicas como Uber y Cabify.

Al presentar el dictamen ante el Pleno, el legislador del PAN Diego Garrido, detalló los alcances de esa reforma que sancionará con mayor gravedad la privación ilegal en forma genérica y la privación ilegal de las personas con fines sexuales en el transporte público y en el transporte privado.

En el artículo 160 se propone que la pena de prisión se aumente en una mitad, cuando ocurra la privación de la libertad en vehículos destinados al transporte público o en aquellos del transporte privado solicitados a través de plataformas electrónicas.

Para el caso del artículo 162 se establece que quien prive de la libertad a otra persona con el propósito de realizar un acto sexual, se le impondrá de 4 a 7 años de prisión.

La pena señalada en el párrafo anterior se aumentará en una mitad cuando el delito ocurra en vehículos destinados al trasporte público o en aquellos de transportes

privados solicitados a través de plataformas tecnológicas.

De igual manera, si dentro de las 24 horas siguientes el autor del delito restituye la libertad a la víctima, sin haber practicado el acto sexual, la sanción será ahora de 1 a 3

años de prisión. Antes se sancionaba con tan solo 3 meses.

"Si alguien te secuestraba en un taxi, en un UBER y a final de cuentas no realizaba un acto sexual en tu contra, pero sí la privación ilegal de la libertad, sólo tenía una sanción de 3 meses. Esto evidentemente no podría continuar igual y por eso la elevamos a un año, cuando menos a máximo 3 años de prisión. 

"Ese delito ahora se perseguirá de oficio, antes era de querella, antes requería que la víctima fuera a presentar la denuncia, ahora lo hacemos de oficio", explicó el diputado Garrido.

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