Ciudad de México.-El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Morena y su abanderada, Delfina Gómez Álvarez, sí incurrieron en el delito de actos anticipados de campaña, al organizar dos eventos en Atlacomulco e Ixtlahuaca.
El pleno del Tribunal determinó que la normatividad electoral fue violada en el caso del SUP-JRC-131/2017, promovido por Morena y Delfina Gómez en contra de la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM).
Por tal motivo, el TRibunal recalcó la sanción por actos anticipados de campaña de la entonces precandidata a gobernadora y su partido, con motivo de dos eventos públicos realizados en Ixtlahuaca y Atlacomulco.
El TEEM, por dicho delito había impuesto 75 mil 500 pesos como multa a Gómez, y 377 mil 500 pesos de sanción al partido que representa.
Sin embargo, en su resolución los magistrados consideraron reindividualizarse, pues no se acreditó una reincidencia, tal como lo establecía la primera sentencia a nivel local.



