Ciudad de México.- Ante las descalificaciones sobre el amparo otorgado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra del “doble hoy no circula”, el Máximo Tribunal aclaró a sus detractores que el beneficio no fue para el uso indiscriminado del automóvil
“La Suprema Corte de Justicia de la Nación reitera que la decisión adoptada en materia de verificación vehicular, desde julio del año pasado, no tuvo como finalidad ni alcance, permitir indiscriminadamente la circulación de vehículos automotores en el Valle de México”, explicó la Corte a través de un comunicado oficial.
Dicha resolución se dictó en protección del principio de igualdad, como valor primordial en todo Estado de Derecho, y que ordena proteger la Constitución Mexicana.
Esta determinación facultó a los Jueces de Distrito para otorgar una suspensión a los interesados para que, de cumplir con las normas de verificación respectivas, obtuvieran un holograma que les permitiera circular todos los días, al igual que aquellos que sí están autorizados a recibirlo.
Cabe precisar que esta decisión jurisdiccional sólo beneficiaría a quienes tramitaran un juicio de amparo, y sólo sentaría jurisprudencia hasta que se resolvieran cinco juicios de garantías en el mismo sentido
“En concreto, dicha suspensión sólo tendría el efecto de que, previo el pago de los derechos correspondientes, el solicitante acudiera a verificar su vehículo y obtener el holograma que objetivamente le correspondiera, atendiendo al nivel de contaminantes que emite su automóvil, de acuerdo con los niveles que establece el propio Programa, sin importar el año de fabricación del vehículo”, ratificó la SCJN.


